Tribunal detiene la asamblea del ejido Laguna Om

Los integrantes del núcleo agrario manifestaron su inconformidad ya que la Procuraduría no consultó esa decisión con ellos.

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Está suspensión no causa perjuicio a terceros. (Edgardo Rodríguez/SIPSE)
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Edgardo Rodríguez/SIPSE
CHETUMAL, Q.Roo.- El Tribunal Unitario Agrario en la ciudad de Chetumal, ordenó a la Procuraduría Agraria dar marcha atrás a la ejecución de una asamblea extraordinaria promovida por esta dependencia en el ejido Laguna Om.

Lo anterior debido a la queja por parte de los integrantes de dicho núcleo agrario, quienes manifestaron su inconformidad debido a que la Procuraduría Agraria tomó la decisión sin consultar a la directiva ejidal y los ejidatarios, razón por la cual recurrieron al tribunal a fin de que esta asamblea no se realizará.

A través del oficio con el número 1263/2013, el Tribunal Unitario Agrario del Distrito 44, ordenó a la Procuraduría Agraria, la suspensión de actos de autoridad y le ordena dejar insubsistente la convocatoria emitida para la verificación de la asamblea a celebrar el día 6 de junio de 2013. Está suspensión no causa perjuicio a terceros, ya que actualmente los actores son quienes ejercen como representantes ejidales lo cual se acredita con las credenciales expedidas por el Registro Agrario Nacional.

En esta orden  que girada por el Tribunal Agrario, se informa a la Procuraduría Agraria que las credenciales fueron expedidas por el Registro Agrario Nacional, lo cual da fe y legalidad a la actual mesa directiva del núcleo agrario, mismo que está conformado por Bernardo Santos Gil como comisariado ejidal, José Gilberto Escamilla Caballero como secretario y Leidi Guadalupe Puc como tesorera.

De igual manera, el resolutivo advierte a la Procuraduría Agraria que esta asamblea extraordinaria podría causar daños sociales al interior del ejido, ya que existe un respaldo de la actual representación por parte de autoridades agrarias. Por lo tanto, se le ordena no ejercer alguna acción para modificar o cambiar la directiva ejidal, hasta que se establezca la legalidad de dicha convocatoria.

El tribunal le da tres días hábiles a la Procuraduría para que acredite el motivo por el cual se promovió este cambio de representantes, de no hacerlo, se haría acreedora a las sanciones correspondientes dictadas por el tribunal agrario.

La resolución emitida por el Tribunal Unitario Agrario distrito 44 fue el resultado de un juicio promovido por la directiva ejidal del núcleo agrario de Laguna Om, quienes reclamaron su derecho como autoridad ya que la Procuraduría Agraria cayó en una irregularidad al desconocer a los representantes, puesto que no fueron informados sobre la asamblea para la remoción de la directiva

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