Diputados van tras fuero en el Poder Judicial

Buscan eliminar artículo que impide detener a jueces y magistrados sin aval del Tribunal.

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El artículo 22 de la citada ley señala que el Pleno del Tribunal es el único facultado para aprobar la ejecución de órdenes de aprehensión en contra de magistrados y jueces. (Joel Zamora/SIPSE)
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Benjamín Pat/SIPSE
Chetumal, Quintana Roo.- El Congreso del Estado ya tiene en sus manos una iniciativa de reforma a la Ley Orgánica del Poder Judicial, mediante la cual se eliminará de manera total el fuero en Quintana Roo.

El artículo 22 de la mencionada ley, señala que el Pleno del Tribunal es el único facultado para aprobar la ejecución de órdenes de aprehensión en contra de magistrados y jueces.

Eugenia Solís Salazar, promotora de la iniciativa, dijo que es necesario poner a todos en igualdad de condiciones ante la justicia.

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“De esta manera nos aseguramos de que todos seamos iguales ante la ley a la hora de enfrentar la justicia. El objetivo es eliminar las trabas o procedimientos especiales que ralentizan o dificultan la aplicación de la ley en contra de algunos servidores públicos”, dijo la legisladora local.

"De esta manera nos aseguramos de que todos seamos iguales ante la ley a la hora de enfrentar la justicia".

La propuesta, que fue turnada a la Comisión de Justicia y de Puntos Legislativos y Técnica Parlamentaria, plantea derogar la fracción IV del Artículo 22 de la mencionada ley, que establece que antes de ejecutar una orden de aprehensión en contra de un juez o magistrado, primero se debe turnar toda la información y el expediente al Pleno del Tribunal.

“El Tribunal Pleno tiene facultades exclusivas en los siguientes asuntos de carácter judicial: conceder autorización para la aprehensión de los Magistrados y Jueces del Poder Judicial por los delitos que cometan”, señala el fracción IV.

“Al eliminar este procedimiento especial, las órdenes de aprehensión se ejecutarán sin filtros y de manera directa, como ocurre con cualquier ciudadano”, destacó la diputada.

El año pasado, los legisladores locales eliminaron todos los preceptos legales de la Constitución que establecía el fuero para altos funcionarios, incluyendo el gobernador, magistrados, diputados locales y presidentes, municipales.

Al mismo se eliminó de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, el procedimiento de Declaratoria de Procedencia, mediante el cual se debía autorizar la aplicación de la justicia en los casos de los funcionarios mencionados.

Sin embargo, en el caso del Poder Judicial, quedó intocado un procedimiento interno que señala como facultad exclusiva la autorización de órdenes de aprehensión en contra de sus integrantes.

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