Aprueban prisión preventiva desde los ... ¡14 años en México!

Los juicios para menores duran 5 meses y, en caso de no acreditar su culpabilidad, deben ser liberados.

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La delincuencia organizada utiliza a menores de edad en algunas de las conductas ilícitas que lleva a cabo. (Milenio)
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Agencia
México.- Los adolescentes, a partir de los 14 años de edad, que estén acusados de delitos graves que impacten a la sociedad, sí pueden ser sujetos de prisión preventiva, mientras se resuelve si son o no culpables durante su juicio, resolvió la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Con ocho votos a favor y tres en contra, el pleno de la Corte aprobó la Ley Nacional de Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes que establece la privación de la libertad de los adolescentes a partir de los 14 años, en delitos específicamente graves, tales como delincuencia organizada, narcotráfico u homicidio.

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Los juicios para menores duran 5 meses y, en caso de no acreditar su culpabilidad, deben ser liberados.

El ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo expresó que con frecuencia, la delincuencia organizada utiliza a menores de edad en algunas de las conductas ilícitas que lleva a cabo, "y en esta medida, entiendo yo también, que en su caso y cuando se justifique, como medida excepcional, la medida de internamiento provisional también tiende a la protección incluso física de ese adolescente que, por muy diversas razones se puede ver involucrado en la comisión de este tipo de delitos, a veces delitos sumamente graves y sumamente impactantes para la sociedad".

La mayoría de los ministros votó a favor de desechar la acción de inconstitucionalidad que interpuso la Comisión Nacional de Derechos Humanos, organismo que alegó que el mencionado estatuto confundía los conceptos de internamiento y prisión preventiva.

Sin embargo, el Pleno determinó que en la Constitución no existe una prohibición expresa para que los menores sean sujetos a prisión preventiva.

El ministro Fernando Franco González Salas propuso desde la semana pasada avalar que los adolescentes que cometan delitos graves sean privados de su libertad, porque hay razones en la Constitución para aplicar dicha medida contra los menores infractores.

"Honestamente, creo que hay razones suficientemente constitucionales, convencionales, e inclusive, por beneficio de la sociedad para que esa figura pueda aplicarse, también –de manera preventiva- en los casos extremos, como la propia Constitución lo señala", declaró el ministro ponente.

No obstante, los ministros, como José Ramón Cossío Díaz, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea y Norma Lucía Piña Hernández, votaron en contra de la propuesta.

 

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