Corte abre la puerta a matrimonios gay

La Primera Sala declaró inconstitucional el artículo 143 del Código Civil de Oaxaca, en cual reconoce como única unión a un hombre y a una mujer para “perpetuar la especie”.

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La SCJN amparó a tres parejas a quienes se les impidió casarse en Oaxaca. (boda.com)
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Agencias
MÉXICO, D.F.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) abrió el camino a las parejas del mismo sexo que buscan contraer matrimonio en sus estados de origen, pues amparó a tres parejas a quienes se les impidió casarse en Oaxaca, según publica Milenio.

Por unanimidad, la Primera Sala de la Corte declaró inconstitucional el artículo 143 del Código Civil del estado de Oaxaca, en cual reconoce como única unión a un hombre y a una mujer para “perpetuar la especie y proporcionar ayuda mutua en la vida”.

Las parejas, dos mujeres y una de hombres, impugnaron dicho precepto legal, luego de que en el registro civil de su entidad les indicó que no podían matrimoniarse.

Entrevistado al término de la sesión, el ministro José Ramón Cossío Díaz comentó con la resolución se reconoce que el matrimonio es un contrato de carácter civil, pero que puede ser contraído por distintas personas, no de manera exclusiva entre un hombre y una mujer y que tenga como finalidad la procreación.

Declaró que por el momento la resolución no tiene efectos en otros estados, porque sólo se atendieron tres amparos, pues faltan más casos para sentar jurisprudencia, y cuando dichos casos comiencen a llegar a la Primera Sala se tendrá un criterio para todo el país.

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