Ángel Aguirre, se va o se va...

Renuncia, revocación de mandato o desaparición de poderes son las tres vías legales por las que Ángel Aguirre Rivero podría dejar la gubernatura.

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El gobernador de Guerrero, Ángel Aguirre Rivero, planteó una consulta ciudadana para que los guerrerenses decida su permanencia en el cargo. (Foto: Archivo/Notimex)
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Adriana Anguiano/MILENIO
MÉXICO, D.F.- Las bancadas del PRI y del PAN en el Senado presentará el 30 de octubre el dictamen sobre la desaparición de poderes en Guerrero, mientras la Comisión de Gobernación debe recabar pruebas sobre la ingobernabilidad en la entidad.

La desaparición de poderes es una de las tres vías legales que se han manejado para la salida de Ángel Aguirre Rivero del poder; la renuncia y la revocación de mandato son las otras.

La renuncia y la revocación de mandato son procesos que pasan por el Congreso local, mientras que la desaparición de poderes es una decisión federal, específicamente del Senado, dijo José Antonio Caballero Juárez, doctor en Derecho del Centro de Investigación y Docencia Económicas (CIDE).

Angel Aguirre Rivero ha sido cuestionado por los hechos ocurridos el 26 y 27 de septiembre en Iguala, donde adesaparecieron 43 estudiantes de la Escuela Normal Rural de Ayotzinapa. Seis de los normalistas fueron asesinados. El alcalde de Iguala, José Luis Abarca, se encuentra prófugo junto con su esposa.

La renuncia

La Constitución Política del Estado de Guerrero, en el artículo 62, establece que el Gobernador solo puede renunciar a su cargo por una causa grave. En caso de que Ángel Aguirre presente su dimisión “el Congreso local deberá someter a consideración los motivos de la renuncia”, explicó Caballero Juárez.

Sin embargo, el Congreso tiene la facultad de rechazar la dimisión del mandatario.  

De acuerdo con la Constitución local, en caso de que el mandatario presente su renuncia durante los primeros dos años del periodo para el que fue electo, el Congreso nombrará por mayoría de votos al gobernador interino y convocaría a elecciones.

Si el mandatario dimite a partir de su tercer año de gobierno, el Congreso nombraría a su sustituto, quien concluirá el periodo para el que su antecesor fue electo. 

En el caso de Aguirre Rivero, quien se encuentra en el tercer año de su gobierno, el Congreso de Guerrero nombraría a su sustituto y éste estaría en el poder hasta el 2015.

Revocación de mandato

Este mecanismo es más que una consulta popular donde se pregunta a la gente si quiere o no que se mantenga el gobernador en el cargo; sin embargo, este procedimiento es tardado y costoso.

“Hay que tomar en cuenta que implica un gasto muy específicos porque es prácticamente organizar una elección; no es solo hacer una consulta y listo, hay que poner casillas, contar votos y gastar dinero”, comentó Caballero.

El tiempo mínimo para realizar esta consulta y conocer los resultados sería de seis meses.

Ángel Aguirre ya se pronunció a favor de este procedimiento, por lo que el 15 de octubre envió al Congreso de Guerrero una iniciativa de decreto para crear un referéndum de consulta ciudadana.

Desaparición de poderes

La desaparición de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial en un estado es una facultad exclusiva del Senado, ya que es el responsable de la estabilidad del gobierno de todas las entidades federativas, dijo el investigador.  

De acuerdo con la Ley Reglamentaria de la fracción V del artículo 76 de la Constitución Política, el Senado podrá determinar la desaparición de poderes cuando:

  1. -Los mandatarios quebranten los principios del régimen federal
  2. -Abandonen sus funciones
  3. -Estén imposibilitados físicamente para sus labores
  4. -Propicien conflictos que afecten la vida del estado
  5. -Prolonguen su permanencia en el poder después del periodo para el que fueron electos
  6. -Adopten formas de gobierno distintas a las establecidas en la Constitución.

Esta petición debe ser aprobada por dos terceras partes de los legisladores, dijo Caballero Juárez.

Posteriormente, el Presidente de la República envía una terna para que el Senado elija al gobernador provisional. El jefe del Ejecutivo tendrá tres días para mandar la terna o de lo contrario los senadores serán libres de escoger al mandatario.

El gobernador provisional deberá convocar a elecciones antes de tres meses.

Sin embargo, esta convocatoria solo es procedente en el caso de que la desaparición de poderes se declare dentro de los seis meses anteriores al inicio del proceso electoral; una vez iniciado éste el gobernador provisional tendrá que terminar el periodo para el que fue electo su antecesor.

En el caso de Guerrero, el proceso electoral ya inició y el gobernador provisional debería terminar el mandato para el que fue electo Aguirre.

El pasado 15 de octubre, la bancada del PAN en el Senado formalizó su solicitud de desaparición de poderes en Guerrero, al considerar que existe ingobernabilidad en esa entidad y se cumplen los supuestos para emitir la declaratoria de desaparición de poderes.

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