INAI solicitó datos sobre impuesto a asociaciones religiosas

Quintana Roo entre las cuatro entidades que deberá el fisco transparentar recaudación de ISR.

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SAT deberá entregar cuentas al INAI. (Foto: Proceso)
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Agencia/ SIPSE
CIUDAD DE MÉXICO.-El INAI resolvió que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) deberá buscar y dar a conocer los montos que por Impuesto Sobre la Renta (ISR) ha recaudado de asociaciones religiosas de Campeche, Ciudad de México, Quintana Roo y Tabasco.

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El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) expuso que esa información deberá comprender el periodo que va de 2010 al 26 de febrero de 2018, informó Notimex.

Al presentar el asunto ante el Pleno del INAI, el comisionado Oscar Guerra Ford explicó que dicha información se refiere a la recaudación del ISR, dentro del régimen de personas morales con fines no lucrativos, en el que deben darse de alta las asociaciones religiosas.

Así el Pleno del INAI, a propuesta del comisionado Guerra Ford, revocó una respuesta del SAT y le instruyó realizar una búsqueda exhaustiva, en todas sus unidades administrativas competentes y otras.

Lo anterior respecto de los montos de ISR recaudado en el régimen de personas morales con fines no lucrativos en Campeche, Ciudad de México, Quintana Roo y Tabasco, en el periodo de 2010 al 26 de febrero de 2018, desglosado por año, entidad federativa y, en su caso, asociación religiosa.

De no localizar los montos solicitados deberá informar al recurrente de manera fundada y motivada las razones por las que, para el caso del régimen personas morales con fines no lucrativos, no recaba la información estadística solicitada.

La Revista Proceso informó al respecto que al presentar el asunto ante el Pleno, el comisionado Oscar Guerra Ford destacó que dicha información se refiere a la recaudación del ISR, dentro del régimen de personas morales con fines no lucrativos, en el que deben darse de alta las asociaciones religiosas.

“Conforme a la información que el propio SAT publica en su página de Internet, para efectos fiscales, las ‘iglesias’ se ubican dentro de las asociaciones religiosas, las cuales deben inscribirse o darse de alta en el régimen fiscal de personas morales con fines no lucrativos”, explicó Guerra Ford.

 Sin embargo, en respuesta a la particular que solicitó dicha información, a través de la Administradora Central de Planeación, Análisis e Información de la Administración General de Planeación, el sujeto obligado dijo no disponer de lo requerido, por lo que declaró su inexistencia.
 

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