Así puedes solicitar apoyo del DIF para gastos funerarios; incluye Covid-19

Checa los pasos y requisitos que deben entregar los solicitantes.

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(AP Photo/Rebecca Blackwell)
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El Gobierno Federal ofrece apoyo para cubrir los gastos funerarios de familias en situación vulnerable. El trámite es gratuito y tiene cobertura nacional.

El proceso se realiza a través del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF)  a través de los Lineamientos para Otorgar Apoyos para Gastos Funerarios a Población en Situación de Vulnerabilidad.

Estos son los pasos que deben seguir los familiares del difunto:

  • Enviar un correo electrónico a: [email protected].
  • En ese mensaje se debe anexar el nombre completo del solicitante y el de la persona fallecida.
  • Domicilio.
  • Teléfonos de contacto.
  • Razones por las que se hace la petición.
  • Certificado o acta de defunción.

En caso de que el difunto no tenga familiares

Las áreas de Trabajo Social de hospitales, fiscalías de justicia e instituciones públicas y privadas de asistencia social que, conforme a sus atribuciones, tengan a cargo la tutoría social o similar de las personas en situación de vulnerabilidad, o la disposición secundaria del cuerpo de la o el fallecido, en caso de que no haya familiares, pueden solicitar el apoyo enviando la petición al mismo correo, con el nombre de la institución pública o privada solicitante y adjuntando la documentación que acredite la situación de vulnerabilidad de la persona fallecida:

  • Copia de la carpeta de investigación, para el caso de personas en situación de calle.
  • Estudio socioeconómico con el que se cuente de la institución hospitalaria.
  • El certificado de defunción en que conste el hecho de ser persona cuyo origen es desconocido, o cualquier otro elemento que acredite tal circunstancia.

¿Qué incluye el apoyo en gastos funerarios del Gobierno Federal?

  • Los servicios de este apoyo contemplan
  • El rescate del cuerpo de la persona fallecida,
  • Su traslado del lugar donde haya sucedido el deceso a la agencia funeraria o, en su caso, del domicilio;
  • La tanatopraxia: embalsamado básico y preparación del cuerpo con maquillaje, arreglo y vestimenta del fallecido, siendo la vestimenta proporcionada por la familia, incluye embalsamamiento ya sea en muerte natural o muerte legal.

¿Qué sucede en caso de muerte por Covid-19?

Solo se realizará el servicio de preparación del cuerpo; velación (el solicitante puede optar por servicio en domicilio o en capilla), inhumación o cremación.

¿Quiénes no pueden optar por este servicio?

Quienes cuenten con seguro funerario, que estén inscritas en algún programa de asistencia funeraria, dupliquen la solicitud de apoyo o formen parte de otro programa de servicio de gastos funerarios por parte de instituciones gubernamentales federales, estatales o municipales, y que sea cubierto con apoyos o subsidios federales, bajo el mismo objeto o recursos federales transferidos.

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