Ya no tienes que ir por tu Cartilla Militar; la llevan a tu casa

La Junta Municipal de Reclutamiento del Ayuntamiento estrena servicio para jóvenes en edad militar y con discapacidad o lesión motriz.

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Jóvenes en edad militar, que padecen de alguna discapacidad, ya pueden acceder al nuevo servicio de Cartilla Militar a domicilio. (Milenio Novedades)
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William Sierra/Milenio Novedades
MÉRIDA, Yuc.- Esta semana arrancó un nuevo servicio de la Junta Municipal de Reclutamiento del Ayuntamiento de Mérida, mediante el cual se facilita que los jóvenes en edad militar y con discapacidad o lesión motriz obtengan su Cartilla de Identidad Militar.

De acuerdo con la dependencia, los jóvenes que tramiten su cartilla bajo este nuevo programa no tienen la obligación de asistir al Sorteo, pues están exentos de realizar el adiestramiento militar.

El interesado solicita este servicio y nosotros acudimos a su domicilio, donde recibimos sus documentos y fotografías, elaboramos su Cartilla Militar y recabamos sus huellas y firma, explica el jefe de la Junta Municipal de Reclutamiento, Tito Sánchez Camargo.

“Ya firmada la cartilla por los integrantes de la Junta Municipal de Reclutamiento,  en una segunda visita le llevamos al joven el documento oficial, por eso el servicio se llama Cartilla a Domicilio”, añadió.

El objetivo es que las personas que por alguna discapacidad o lesión no puedan trasladarse hasta la oficina de la Junta Municipal de Reclutamiento obtengan su Cartilla Militar, indica el subdirector Operativo de Gobernación, Mario Aragón Castillo.

“Queremos acercar los servicios a los ciudadanos. Así, hacemos más accesible la obtención de la Cartilla y el cumplimiento de la Ley del Servicio Militar Nacional”, indicó.

Los interesados pueden solicitar el servicio a los teléfonos de la Junta Municipal de Reclutamiento: 928 31 62 y 928 42 78, extensiones 84505 y 84506. O puede acudir un familiar directamente a solicitarlo a la oficina.

El Artículo 11 de la Ley del Servicio Militar Nacional estableced que todos los mexicanos de edad militar de acuerdo con el artículo 5o. tienen la obligación de inscribirse en las Juntas Municipales o en nuestros consulados en el extranjero, en las fechas que designe la Secretaría de la Defensa Nacional.

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