Nuevo paradigma en reparación del daño moral en caso civil

Una menor recibirá, entre otros beneficios, una pensión vitalicia, tras 9 años de juicio.

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Luego de casi nueve años de litigio, una menor de edad representada por su madre ganó un caso en materia civil por el que recibirá, en concepto de reparación del daño moral, no solamente el pago de una suma de dinero, sino además una pensión para toda su vida, así como servicios médicos también vitalicios, lo que marca un nuevo paradigma en concepto de daño moral.

Dicha resolución fue tomada por la sala colegiada civil y familiar del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Yucatán (TSJEY), tras cumplir con un fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que determinó, en un amparo directo en revisión, la existencia de diversas responsabilidades (incluso de la madre de la joven víctima) derivadas de una figura jurídica denominada “culpa in vigilando”.

El caso se remonta a un hecho de tránsito ocurrido en 2008 en esta ciudad, en donde resultó lesionada la entonces niña por colisionar la bicicleta que conducía con un autobús de transporte urbano. Las heridas de la menor provocaron que perdiera una pierna.

El asunto fue resuelto por un juzgado civil de primera instancia en 2012 a favor de la menor,  pero las partes se inconformaron en apelación ante la sala civil y familiar del Tsjey  que confirmó la sentencia. Con posterioridad, los interesados acudieron ante los órganos federales de amparo, y a la postre el asunto llegó a la Primera Sala de la SCJN. Con motivo de tales vaivenes judiciales, el asunto regresó a la sala civil y familiar del Estado que finalmente resolvió en definitiva el litigio, ponderando la conducta de la víctima al momento de conducir la bicicleta y la omisión de su madre de vigilarla, lo que generaba una “concurrencia de culpas” junto con el chofer del automotor y con la empresa propietaria del autobús.

En una última resolución que atiende lo fallado por la Corte, la sala del Tsjey estableció el derecho de la menor a recibir una pensión vitalicia que será pagada en 10 por ciento por el chofer y el resto por la empresa, así como también 300 mil pesos por concepto de reparación de daño moral. También se condenó a la empresa a asegurar de por vida a la menor víctima.

Para determinar esta nueva resolución, la sala del Tribunal consideró el hecho de que la situación física de la joven será una desventaja que persistirá toda su vida para acceder a un empleo y por ende para tener una fuente propia de ingresos.

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