Multan con 1.2 mdp arribo de avión y yate en Arrecife Alacranes

Se aplicó al arrendador y piloto del helicóptero, y al dueño y patrón del barco por el aterrizaje y embarque en Isla Pájaros.

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Tras el aterrizaje y embarque en el Arrecife Alacranes, los responsables deberán pagar una multa de más de 1.2 millones de pesos, determinó la Profepa. (Milenio Novedades)
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SIPSE.com
MÉRIDA, Yuc.- La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente impone una multa de 1 millón 277 mil 104 pesos con 4 centavos a responsables del  aterrizaje y embarque en la Isla Blanca o Pájaros del Área Natural Protegida (ANP) Parque Nacional (PN) Arrecife Alacranes, realizado el pasado 30 de septiembre.

Una vez substanciado el procedimiento correspondiente, se determinó el incumplimiento a la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente (Lgeepa), su Reglamento en materia de Áreas Naturales Protegidas, así como al  Programa de Conservación y Manejo del PN Arrecife Alacranes; por no acreditarse contar con autorizaciones de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) para el ingreso al PN Arrecife Alacranes; así como por el aterrizaje y fondeo de embarcación en zona no permitida, informa el Gobierno Estatal.

Aunque en la indagatoria a cargo de inspectores de la Profepa en el estado de Yucatán, se señaló que no hubo daños a los ecosistemas ni destrucción de sitios de anidación y alimentación, refugio o reproducción de especies de vida silvestre o a los arrecifes coralinos de la isla; se determinó que hubo perturbación, molestia y alteración de la fauna silvestre consistente en especies de aves y tortugas marinas, informa el Gobierno de Yucatán.

La sanción fue impuesta al arrendador y poseedor del helicóptero Bell 412, matrícula XA-EHP, así como al patrón de la embarcación “Maharani”, carácter que recae en uno solo de los sujetos infraccionados; así como al piloto de la aeronave y al patrón de la embarcación.

La Profepa consideró lo establecido en el artículo 173 de la Lgeepa, considerando principalmente la generación de desequilibrios ecológicos, la afectación de recursos naturales o biodiversidad; las condiciones económicas del infractor, el carácter intencional o negligente de la conducta desplegada, y se consideró que no existía reincidencia para los tres sujetos que intervinieron en los hechos.

Si bien es cierto que los infractores tuvieron el mismo grado de participación en los hechos que les corresponden, también lo es que los antes mencionados no tienen las mismas condiciones económicas, por lo tanto; la Profepa consideró sancionar  al arrendatario y poseedor del helicóptero Bell 412, matrícula XA-EHP, así como al propietario de la embarcación tipo yate denominada “Maharani”, por el sobrevuelo, aterrizaje y embarque en el PN Arrecife Alacranes, consiste en 11,655 unidades de medida y actualización, que al día de hoy ascienden a un monto de 851 mil 281 pesos con 2 centavos. 

Dicha multa es la de mayor monto debido a que en dicho infractor se reúnen tres supuestos de infracción, relativos al ingreso de la aeronave sin autorización de Semarnat, el aterrizaje de la aeronave y el fondeo de la embarcación; así como debido a las condiciones económicas del infractor.

Las otras sanciones económicas

Al patrón de la embarcación “Maharani”, se impuso como sanción por el fondeo de la embarcación en zona no permitida, consiste en 2,400 unidades de medida y actualización, que comprenden el día de hoy un monto de 175 mil 296 pesos.

Finalmente, al piloto de la embarcación, por el sobrevuelo sin autorización y aterrizaje en zona no permitida, se hizo acreedor a una multa consistente en 3,430 unidades de medida y actualización, lo que asciende a un monto de 250 mil 527 pesos con 2 centavos, al día de hoy.

Cabe destacar que en el PN Arrecife Alacranes, decretado el 19 de julio de 1996 con una superficie de 333 mil 786 ha, es un área importante de sitios de anidación y descanso de aves marinas que cruzan la ruta del Golfo de México.

Su riqueza biológica consiste en la presencia de 116 especies de aves, 136 de peces, 24 especies de tiburones y 34 de corales; debido a lo cual solo se permiten actividades turísticas y recreativas como el buceo libre y autónomo, la pesca deportiva y el senderismo.

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