Aumentan sentencia por crimen a empresario Wafé Kuri Torre

La condena emitida en 2013 era de 12 años de cárcel, pero tras la apelación fue ampliada a 13 años con 9 meses.

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Wafé Kuri Torre, preso desde 2008 por el crimen cometido contra su esposa Rosa María Arceo Ochoa, ya no saldrá libre en el año 2020 sino hasta después de 2021. (Foto de archivo de Milenio Novedades)
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SIPSE.com
MÉRIDA, Yuc.- Al empresario Wafé Kuri Torre, quien desde 2008 purgaba una condena por el asesinato de su esposa Rosa María Arceo Ochoa, le salió contraproducente apelar la sentencia. 

Este miércoles, por resolución de la sala colegiada mixta del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Yucatán, la sentencia a Wafé Kuri Torre, quien fue declarado culpable por un juzgado de primera instancia en 2013, fue modificada de los 12 a los 13 años y 9 meses de pena privativa de libertad.

Así lo dio a conocer esta tarde dicha sala mediante sentencia escrita, luego de que se hubieron analizado todas las pruebas y elementos presentados por la representación de Kuri Torre mediante el recurso de apelación contra la sentencia recibida por el entonces juez séptimo penal el 18 de junio de 2013 y que fue de 12 años de pena privativa de libertad, informa el Gobierno estatal.

El asesinato fue cometido el 14 de enero de 2008, en una mansión del fraccionamiento Montebello.

Los magistrados que integran la sala colegiada mixta del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Yucatán José Rubén Ruiz Ramírez quien fue ponente para este caso, Ricardo de Jesús Avila Heredia y Leticia del Socorro Cobá Magaña, resolvieron así declarando al apelante penalmente responsable del delito de homicidio en razón de la relación en agravio de Rosa María Arceo Ochoa, y denunciado por Ernesto Arceo Mendicuti y Rosa María Dolores Ochoa Albrand, padres de la víctima.

Los magistrados consideraron que la comisión de los ilícitos, las circunstancias de ejecución y las personales del sentenciado corresponden a la sentencia, que incluye también la reparación del daño con un pago de 144 mil 540 pesos por concepto de indemnización, y la cantidad de 2 mil 970 pesos por concepto de gastos funerarios.

Asimismo, se niegan al sentenciado los beneficios sustitutivos de prisión consistente en trabajo a favor de la comunidad, semilibertad, tratamiento en libertad o multa y condena condicional de la sanción privativa de la libertad.

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