Ven en México anarquía en esquemas de jubilaciones

Aseguran que Pemex continuará pagando el 100 % de su salario a su ex trabajadores, lo que contrasta con lo que se sugiere para los que cotizan en el IMSS.

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Los expertos sugieren realizar aportaciones voluntarias a las Afore. (Archivo/Agencias)
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W. Casanova/I. Cárdenas/SIPSE
MÉRIDA, Yuc.- Entre los esquemas de pensión que proliferan hoy día y que fueron mencionados en el estudio de la OCDE destacan los siguientes: el previsto para los empleados del Seguro Social (régimen de jubilaciones y pensiones); el regulado por la Ley del Seguro Social 1997 y en los artículos transitorios 3º y 11º; el contemplado en la Ley del Issste 2007 y el artículo décimo transitorio, aplicable a los trabajadores en activo que no eligieron los bonos de pensión.

En adición a los regímenes mencionados en el párrafo anterior, existe el sistema de pensiones aplicable al personal de las fuerzas armadas, los diversos sistemas estatales y municipales, y dependencias como Pemex, la CFE y algunas universidades.

En relación con el sistema de pensiones de Petróleos Mexicanos (Pemex), la empresa firmó recientemente un acuerdo con su sindicato para pasar la edad de retiro de 55 a 60 años.

En este caso llama la atención que aun cuando la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) propone modificar esquemas y procedimientos para determinar las pensiones, a estos trabajadores se les continuará pagando el 100 por ciento de su salario, llegada la edad de su retiro, al menos hasta el año 2021.

Estas recomendaciones contrastan en mucho con las sugeridas para los trabajadores en transición que cotizan al IMSS.

Es evidente que modificar los actuales y diversos esquemas de pensión imperantes en el país requiere de grandes y profundos cambios a fin de homologarlos bajo un esquema de pensión único y universal.

Sin embargo, las medidas sugeridas por la OCDE parecen que tienen una dedicatoria muy especial y definida: los trabajadores en transición que cotizan al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).

Refiere la OCDE en su informe que “México se encuentra entre los tres países que ofrecen la menor protección de seguridad social en la vejez…”

Al respecto, el colaborador editorial de MILENIO NOVEDADES Jaime Gutiérrez Melchor expresó que “la simple modificación en la estructura de aportaciones al sistema de ahorro para el retiro no es garantía de que la calidad del servicio y atención a los derechohabientes de los institutos de seguridad social cambiará, pues el sistema político está en mucho maniatado por la corrupción y los liderazgos sindicales”.

“Me pregunto, ¿cómo cambiará y elevará el sistema de seguridad social la calidad de los servicios médicos que brinda?, ¿cómo va, en primera instancia, a reducir los tiempos de atención cuando hoy día se programa a un paciente para una cirugía con por lo menos ciento ochenta días de anticipación?”, cuestionó.

Y continuó: “los quebrantos a la salud ni los requerimientos médicos, por enfermedad o accidente, no conocen de días ni horarios hábiles, esto porque sábados y domingos solo se atienden urgencias médicas, ¿acaso no es posible -y además se debe- brindar consulta de primer y segundo nivel todos los días?”.

Insisten en aportaciones voluntarias

El abogado laboral José Adalberto Gallegos Berzunza declaró que hasta el momento solo es especulación una nueva reforma a la Ley del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) en materia del régimen de jubilaciones, pues ni las cámaras de Diputados ni la de Senadores han recibido iniciativa.

El experto precisó que la legislación vigente en la materia entró en vigor el 1 de julio de 1997, y la cual faculta a los trabajadores asegurados que hayan cotizado antes de esa fecha optar por alguno de los dos regímenes.

“Se ha estudiado por parte del Instituto Mexicano del Seguro Social y por algunos sectores políticos reformar la ley en la materia y su artículo transitorio; sin embargo, hasta este momento no existe iniciativa formal que se haya presentado a cualquiera de las dos cámaras en ese sentido”, aclaró.

Hay que recordar que la generación que empezó a trabajar bajo el régimen de la Ley del IMSS de 1973 tuvo el beneficio de una pensión de ciento por ciento de su último salario, pero al efectuarse la reforma de 1997 a la citada legislación, se cambió el sistema de pensiones, y a estos empleados se les otorgó el beneficio de decidir en qué régimen deseaban jubilarse, si en el de 1973 o en el de 1997, a través del sistema de Afore.

Ahora, después de 18 años de haberse efectuado estos cambios, descubren que con el régimen de cuentas individuales representado por las Afore los trabajadores solo obtendrían 25 por ciento de su último salario, aunque las autoridades continúan diciendo que fue un éxito; por ello insisten en las aportaciones voluntarias.

En este contexto, el también profesor de la Universidad Modelo José Adalberto Gallegos declaró que “las personas que lleguen a los 60 años y que hubiesen cotizado antes de la entrada en vigor de la ley, es decir, el 1 de julio de 1997, tienen el derecho de optar: ya sea pensionarse con la ley de 1973 o con la ley de 1997, con lo que tengan en su cuenta individual de Afore”.

“Hablar de una reforma es únicamente un rumor, que incluso no está bien fundado, ya que la Ley del Instituto Mexicano del Seguro Social regula las pensiones, no la Ley Federal del Trabajo, y dentro de ésta no puede ser transformada en ese sentido”, precisó.

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