Multa de hasta 365 mil pesos por no pagar el aguinaldo

Esta prestación la deben recibir trabajadores de base, confianza, planta, sindicalizados y contratados por obra o eventuales.

|
Compartir noticia en twitter
Compartir noticia en facebook
Compartir noticia por whatsapp
Compartir noticia por Telegram
Compartir noticia en twitter
Compartir noticia en facebook
Compartir noticia por whatsapp
Compartir noticia por Telegram

Candelario Robles/Milenio Novedades
MÉRIDA, Yucatán.- Pese a que el año pasado en Yucatán no se registró ni una queja por incumplimiento del pago de aguinaldo, la delegación de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) recordó que la legislación laboral establece que los patrones que incumplan, lo otorguen incompleto o de forma tardía, pueden hacerse acreedores a multas de entre 18 mil 260 a 365 mil 200 pesos, con base en el valor de la nueva Unidad de Medida y Actualización (UMA). 

El delegado federal de la STPS, Ricardo Béjar Herrera, destacó que el año pasado no se presentaron denuncias por incumplimiento de este pago, y en 2014 sólo dos.

Precisó que esta prestación la deben recibir, sin excepción trabajadores de base, confianza, planta, sindicalizados y contratados por obra, tiempo determinado o eventuales.

“El pago del aguinaldo es un derecho irrenunciable de los trabajadores independientemente de las demás prestaciones y el patrón en ningún caso puede argumentar dificultades económicas de la empresa o falta de utilidades para no pagarlo o reducir su importe”, subrayó.

Lo más leído

skeleton





skeleton