SAT clausura conocida panadería del centro de Mérida

La semana pasada también cesó por reincidencia a una empresa ubicada en la colonia Manuel Ávila Camacho.

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Personal del SAT Yucatán acudió a conocida panadería del centro, donde corroboraron que esa empresa no expedía facturas a sus clientes, por lo que procedieron a su clausura. (Milenio Novedades)
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Candelario Robles/Milenio Novedades
MÉRIDA, Yucatán.- Personal de la administración local del Servicio de Administración Tributaria (SAT) clausuró dos establecimientos en la ciudad de Mérida por no expedir facturas electrónicas por las ventas y servicios prestados.

Este martes, la unidad de inspección del SAT procedió a cerrar la panadería “La Vieja”, ubicada sobre la calle 60 y los cruces de la 65 por 67, por no emitir a sus clientes facturas o comprobantes fiscales digitales.

El SAT informó que de enero al 20 de noviembre se realizaron a nivel nacional 11 mil revisiones para verificar que los contribuyentes cumplan con la obligación fiscal de expedir facturas electrónicas por las ventas que realizan o por la prestación de servicios.

El organismo federal explicó que las revisiones se hacen de forma permanente a establecimientos de diversos giros, como hoteles, restaurantes, bares, negocios que rentan vehículos, estacionamientos, tiendas departamentales, consultorios médicos u otras actividades o profesiones en todo el país.

Al filo de las 14:00 horas, personal del SAT Yucatán puso en marcha este operativo en la citada panadería, donde corroboraron que esa empresa no expedía facturas a sus clientes, por lo que procedieron a su clausura.

La semana pasada el SAT también procedió a clausurar por reincidencia a una empresa ubicada en calle 22 No. 312-A local 5, de la colonia Manuel Ávila Camacho, por no expedir o no poner a disposición de los clientes facturas electrónicas o expedirlas sin que cumplan requisitos fiscales.

Personal del SAT entrevistado por MILENIO NOVEDADES detalló que los auditores se encargan de revisar la correcta emisión de los comprobantes fiscales, y en los caso de detectar incumplimiento, el contribuyente cuenta con un plazo de tres días hábiles para desvirtuar las observaciones, presentando las pruebas que considere, y de reincidir, se aplica la clausura.

El SAT detalló que las multas van de mil 210 pesos a 77 mil 580 pesos; los reincidentes en un mismo incumplimiento ya observado, se les clausura preventivamente el establecimiento por un plazo de tres a 15 días.

Más estrictos
  • El SAT será más estricto con los comercios que no cumplan con la emisión de facturas o la pongan a disposición de sus clientes.

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