Aprueban dictamen de reformas al CAPY en Yucatán

Entre los principales cambios está la propuesta de crear una Secretaría de Administración y Finanzas.

|
Diputados aprueban el dictamen. (Cortesía)
Compartir noticia en twitter
Compartir noticia en facebook
Compartir noticia por whatsapp
Compartir noticia por Telegram
Compartir noticia en twitter
Compartir noticia en facebook
Compartir noticia por whatsapp
Compartir noticia por Telegram

SIPSE.com
MÉRIDA, Yuc.- En la sesión de la Comisión de Puntos Constitucionales y Gobernación, se aprobó por unanimidad el proyecto de dictamen relativo a las diversas adiciones, reformas y derogaciones al Código de la Administración Pública de Yucatán (CAPY), que es la primera iniciativa presentada por el gobernador Rolando Zapata Bello. En la sesión del Pleno del día jueves 15 de noviembre se le dará lectura, se discutirá y, en su caso, será aprobado por los diputados de la LX Legislatura.

En la exposición de motivos, se planteó que las reformas buscan crear una Secretaría de Administración y Finanzas donde se incluirán las funciones que realizan la Oficialía Mayor, y las Secretarías de Hacienda y de Planeación y Presupuesto. Asimismo se propone que la actual Coordinación General de Comunicación se vuelva una dirección administrativa de la Secretaría General de Gobierno.

El Poder Ejecutivo busca con esta iniciativa, agilizar el manejo de recursos públicos, fortalecer el control presupuestario de dependencias y entidades de la Administración Pública Estatal y garantizar un ejercicio de gastos con criterios de eficiencia, austeridad y beneficio social.

El concluir la sesión, el diputado Luis Hevia Jiménez (PRI), reconoció el trabajo coordinado de los integrantes de la Comisión al momento de analizar las reformas al CAPY, ya que predominó el interés y la seriedad en la que se abordó el estudio y análisis del documento, mismo que fue enriquecido con las aportaciones de las fracciones legislativas del PRI y del PAN.

Durante el trabajo de análisis en la Comisión, diputados de ambos partidos  presentaron diversas propuestas para adicionar y modificar la iniciativa original con el objetivo de enriquecer el proyecto final; asimismo se realizaron diversas adecuaciones en función de técnica legislativa.

De acuerdo con un boletín, entre las principales aportaciones de los diputados de ambas fracciones, destaca lo siguiente:

En el artículo 21, relativo a las atribuciones del Despacho del Gobernador, se reformó la fracción III del citado artículo; sin embargo se eliminó la parte que refiere al "...seguimiento a los compromisos y proyectos estratégicos que lleven a cabo los titulares o funcionarios análogos responsables de las áreas de planeación en las dependencias y entidades de la Administración Pública del Estado...", dado que dicha disposición es repetitiva de lo estipulado en la fracción II del mismo artículo.

Asimismo, en lo que respecta a la fracción VI del referido artículo, se adicionó que los asuntos de índole nacional, sean agendados también por el despacho del Gobernador, toda vez que la iniciativa sólo se refiere a los asuntos internacionales.

Se adicionó la fracción XXXVII, para establecer que la Secretaría de Administración y Finanzas asesore a las dependencias y entidades de la administración pública estatal y a los municipios, en la interpretación y aplicación de las leyes tributarias, así como realizar una labor permanente de difusión y orientación fiscal.

Asuntos de la nueva secretaría

En el artículo 31, relativo a los asuntos que le corresponderían a la nueva Secretaría de Administración y Finanzas, se reformó la fracción VII; sin embargo, la parte última que establece "...conformar y administrar el padrón de proveedores...", se suprimió, toda vez que esa misma atribución ya se encuentra prevista en la fracción XVII del citado artículo vigente.


De igual manera, en la propuesta de reforma de la fracción XVIII, se mantendrá lo dispuesto en la vigente; sin embargo, se extrajo la parte conducente a "...formular y establecer políticas públicas que deberán observar las dependencias y entidades del Poder Ejecutivo en las materias de Modernización de la Gestión Pública, Sistemas de Gestión de Calidad, Prestación de Servicios Públicos y de Innovación Gubernamental..." para que el contenido de dicha reforma sea adicionada como una fracción XX, recorriéndose en su orden las siguientes fracciones.

También, se reformó la fracción XXII. Se modificó la propuesta para agregar el nombre del órgano desconcentrado que será la Agencia de Administración Fiscal, el cual se encargará del cumplimiento de la política fiscal, justificándose lo anterior, debido a que en la Comisión Permanente de Presupuesto, Patrimonio Estatal y Municipal se encuentra en estudio y análisis la iniciativa de la Agencia de Administración Fiscal del Estado de Yucatán.

Asimismo, se modifica la atribución de coordinar la actuación del referido organismo conferida a la Secretaría de Administración y Finanzas, limitándola únicamente a vigilar la actuación del mismo.
En cuanto a la atribución que se proponía en la fracción XXIII la de "...Dirigir por medio del organismo desconcentrado correspondiente, la  elaboración y actualización de los padrones de contribuyentes, el cumplimiento de sus obligaciones, el ejercicio de la facultad económico coactiva y las acciones de fiscalización tendientes a evitar la evasión y elusión por parte de los mismos, aplicando las medidas que correspondan en caso de infracciones a las disposiciones tributarias del ámbito de su competencia...", se eliminó dicha disposición, toda vez que no es propia de la Secretaría que se pretende crear.

En el artículo 37, se adicionaron dos fracciones, para que la Secretaría de Desarrollo Social pueda formular, coordinar y evaluar estudios e investigaciones para identificar zonas marginadas y diseñar programas y estrategias para su desarrollo, y de igual manera pueda supervisar, controlar y evaluar los programas y acciones de desarrollo social, en coordinación con el Despacho del Gobernador, verificando los resultados e impactos obtenidos. Además, se modificó la fracción VI del mismo numeral para suprimir el objeto del servicio social que y que puedan prestar en dicha dependencia estudiantes de instituciones educativas.

En el artículo 38, se adicionó una fracción XIX, para establecer que la Secretaría de Obras Públicas deberá cumplir las normas y lineamientos para la preservación y conservación del medio ambiente en las obras que realice o supervise.

Contraloría General del Estado

En el artículo 46, se propuso reformar la fracción X, que contiene las facultades y atribuciones de la Secretaría de la Contraloría General del Estado para efecto de actualizar términos como en el caso lo fue el de la Auditoría Superior del Estado en vez de la Contaduría Mayor de Hacienda, que dejó de existir.

Del mismo modo, se agregó  al Libro Segundo en su Título IV un Capítulo XX, denominándose "De la Secretaría de la Cultura y las Artes". Este capítulo se integrará con el 47 vigente, debido a que todas las Secretarías tienen un capítulo especial y la Secretaría de la Cultura y las Artes es la única que le falta el propio.

En el artículo 115, se reformó la fracción IV; para establecer que los órganos de gobierno de la entidades paraestatales puedan aprobar la concertación de préstamos para el financiamiento de la entidad paraestatal, previo cumplimiento de las disposiciones establecidas en materia de deuda pública, así como observar los lineamientos que dicten las autoridades competentes en materia de manejo de disposiciones financieras.

También se adicionó una fracción XV a este mismo artículo, para que estos órganos puedan vigilar la aplicación de los donativos o pagos extraordinarios con sujeción a las disposiciones legales relativas, con base en las disposiciones de la dependencia a la que se encuentre sectorizada.

Además, se amplió el plazo con el que va contar el Poder Ejecutivo del Estado para establecer esquemas de trabajo entre las dependencias y entidades de la Administración Pública Estatal, a 180 días posteriores a la entrada en vigor de las reformas que se dictaminan.

Asistieron los diputados Dafne López (PRI), presidente de la Comisión; José Javier Castillo Ruz (PRI), vicepresidente; Luis Ernesto Martínez Ordaz (PRI) y Mauricio Vila Dosal (PAN), secretarios; Luis Hevia Jiménez (PRI), Jorge Sobrino Argáez (PRI) y Víctor Hugo Lozano Poveda (PAN), vocales.

rd/

Lo más leído

skeleton





skeleton