¿Conoces el reglamento que regula el vuelo de drones?

Los que pesan más de 25 kilogramos sólo pueden volar en determinados términos y condiciones.

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Sin importar el peso, los drones sólo pueden ser operados durante el día. (Redacción/SIPSE)
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Alejandro García/SIPSE
CANCÚN, Q. Roo.- Desconocen usuarios de “drones” requerimientos para operar un sistema de aeronave pilotada a distancia (RPAS, por sus siglas en ingles) que emitió la Dirección General de Aeronáutica Civil (Dgac) de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) en una circular obligatoria.

“Drones” de más de 25 kilogramos de peso sólo pueden volar en los términos y condiciones autorizados por la DGAC, además de que su operador debe contar con una licencia de piloto.

La Dgac de la SCT emitió el pasado 8 de abril, la circular CO AV 23/10 R2, que sustituye la emitida en 2010 y es de observación obligatoria para todos los operadores civiles de esas naves.

El documento establece limitaciones al uso de drones no tripuladas (llamadas Sistemas de Aeronave Pilotada a Distancia, RPAS) según su peso, pero incluye limitantes válidas para todos los equipos.

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Tres tipos de drones

La circular distingue tres tipos de “drones”, de hasta dos kilogramos de peso, de más de dos a 25 kilogramos, y de más de 25 kg. En los tres casos, los operadores, sean personas físicas o morales, están obligados a respetar todas las leyes, los reglamentos y las normas federales y locales aplicables.

Pero específicamente en el caso de los aparatos que pesen más de 25 kilogramos, las limitaciones son aún más específicas, pues sólo pueden volar en los términos y condiciones autorizados por la DGAC, además de que su operador debe contar con una licencia de piloto.

Aunque también se estipula que sin importar el peso, sólo pueden ser operadas durante el día, en áreas no clasificadas como prohibidas, restringidas o peligrosas, y al menos a 9.2 kilómetros de los aeropuertos controlados, a 3.7 kilómetros de los aeródromos no controlados, y a 900 metros de los helipuertos, y no deben dejar caer objetos que puedan causar daños a personas o bienes.

Usuarios desconocen reglamento 

Sin embargo, esta información es aún desconocida por los usuarios, así como por empresas como Helidroid o la Federación Mexicana de Pilotos y Propietarios de Aeronaves

En el caso de la empresa, establecida en el Distrito Federal y Guadalajara y que está enfocada en el desarrollo de Vehículos Autónomos No Tripulados (UAV's) creado por emprendedores con experiencia en las áreas de Robótica, UAV's, Tecnología, Negocios y Marketing, indicaron que imparten cursos que comprenden la teoría, técnica y práctica para comenzar a pilotar “drones”, pero no dan temas de normativas legales, ya que aún desconocen los requerimientos de la Dgac.

Asimismo  la FEMPPA indicó que sobre el tema saben que está en proceso la legislación de operación, fabricación y demás ámbito relacionado con los “drones”, pero desconocen los señalamientos se hacen respecto a que se debe de tener licencia de piloto para operar un aparato de este tipo.

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