Van a dar de baja a denuncias laborales por falta de interés

Se cerrarán los casos debido a que los afectados no les han dado seguimiento.

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Más de 250 casos se cerrarán por falta de interés de los afectados en Playa del Carmen. (Foto: Octavio Martínez)
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Octavio Martínez/SIPSE
PLAYA DEL CARMEN, Q. Roo.-Cerca de 250 casos de denuncias laborales que no les han dado seguimiento los interesados, podrían ser cerrados definitivamente de acuerdo con los plazos de la Ley Federal del Trabajo.

Este número es solo en la Junta de Conciliación y Arbitraje de Solidaridad, pero a nivel estatal son aproximadamente cuatro mil, dio a conocer Catalina Portillo Navarro, secretaria del Trabajo, quien añadió que se preparan notificaciones a los interesados.

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“Iniciamos desde el lunes 17 la ‘jornada de caducidad’ y tendrá una duración de seis meses, en qué consiste: todos los expedientes que estén dentro de las juntas y que sean demandas iniciales y no han sido impulsadas desde hace varios años entonces la ley contempla  (…) estos expedientes se pueden enviar a los archivos definitivos”, explicó Catalina Portillo.

Explicó que con el fin de no trastocar los derechos laborales de los trabajadores, se le darán un plazo de tres días a partir de la notificación dada en el domicilio que hayan dado para que acudan a la Junta de Conciliación y Arbitraje con una identificación oficial vigente para que decidan si quieren seguir con la demanda.

“Esto es para que tengamos una justicia pronta y expedita y enfoquemos todos los trabajos jurídicos para que los expedientes que haya controversia y donde el trabajador quisiera seguir su demanda. Hemos encontrado expedientes donde el  trabajador ya falleció, no le dan el impulso necesario, se fue a vivir al extranjero y a nosotros nos sigue costando”, agregó la funcionaria.

Benito Juárez concentra alrededor del 50% de denuncias laborales que no les han dado seguimiento, por lo que el destino de estos casos sea el carpetazo definitivo por parte de las autoridades laborales.

El artículo 772 de la Ley Federal del Trabajo sentencia lo siguiente: “Cuando, para continuar el trámite del juicio en los términos del artículo que antecede, sea necesaria promoción del trabajador y éste no la haya efectuado dentro de un lapso de cuarenta y cinco días naturales, el Presidente de la Junta deberá ordenar que se le requiera personalmente para que la presente, apercibiéndolo de que, de no hacerlo, operará la caducidad a que se refiere el artículo siguiente”.

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