Recomiendan ampararse ante la reforma fiscal

Deberá efectuarse 30 días posteriores a la entrada en vigor de las nuevas disposiciones hacendarias.

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El IVA impactará a las maquiladoras ya que deberán pagar un 16% de impuesto al momento de exportar. (Archivo/SIPSE)
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Stephani Blanco/SIPSE
CANCÚN, Q. Roo.- Ante la imposición y los cambios negativos que traerá a las personas morales y físicas las modificaciones de la Reforma Hacendaria, los amparos deben realizarse y no verse como una posibilidad, señaló Ágata Rodríguez, abogada fiscalista. 

Explicó que para realizarlos es necesario medir cuáles reformas o modificaciones de ley impactan, pero deben ampararse solos y no de manera colectiva. 

Entre las principales afectaciones en las que hay mayor viabilidad de ampararse es para la deducibilidad en los seguros de vida, ya que es incongruente y no hay una justificación para poner un tope, las prestaciones que el patrón otorga a los empleados deben continuar exentas, “para mi gusto es inconstitucional ya que determinan las deducciones y factores de lo que pudiera ser y no en lo que realmente es justo ya que no miden el impacto económico sino el impositivo”. 

A las personas morales como las maquiladoras el Impuesto al Valor Agregado (IVA) les impactará ya que deberán pagar un 16 por ciento de impuesto al momento de exportar cuando realizan esto sin gravamen, al igual que el pago de las convenciones y conferencias de extranjeros.

Para la abogada están “jineteando la lana” y la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) estaría quedándose con el dinero por un tiempo; el problema no son los nuevos impuestos sino que habrá un desequilibrio financiero, “ahora los generadores de la economía deben pagar los impuestos y cobrar después”. 

Lo positivo de la reforma fue la derogación del Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU) y el Impuesto a los Depósitos en Efectivo (IDE), que complicaba la contabilidad de la empresa, de está manera lograron la simplificación de los trámites tributarios, sin embargo, complicarán la economía. 

Una de las ventajas para ganar un amparo está en la Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR) ya que es nueva y los amparos serán procedentes no sólo de las reformas sino de todo un sistema tributario. 

Para poder presentar un amparo la persona física deberá hacerlo 30 días posteriores a la entrada en vigor de los cambios y reformas, con el argumento de que perjudica, o bien 15 días después de su primer acto de aplicación, es decir, una de las ventajas es que las empresas tienen la oportunidad de pelear por los impuestos que ya vienen pagando.

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