¿Te molestan los retenes? pueden ir contra la ley

Solo se pueden realizar revisiones a los automovilistas que sean considerados sospechosos.

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El objetivo de estos operativos es que los habitantes se sientan seguros. (Sergio Orozco/SIPSE)
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Sergio Orozco/SIPSE
CANCÚN, Q. Roo.- Tras las constantes quejas de la ciudadanía sobre los retenes policiacos en la ciudad, el  subsecretario de Control y Operación, Alejandro López Díaz, mencionó que estas medidas son en respuesta al llamado de los ciudadanos.

“No se trata de molestar, se trata de colaborar con la sociedad  y que  ellos colaboren con nosotros;  está dentro de la jurisprudencia que nos faculta como autoridad hacer una revisión a los vehículos” añadió. 

“No se trata de molestar, se trata de colaborar con la sociedad  y que  ellos colaboren con nosotros"

El objetivo de estos operativos es que los habitantes se sientan seguros y para que los conductores pongan en regla su documentación, como es su licencia de conducir y  su tarjeta de circulación. 

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Alejandro Betancourt Pérez, presidente del Colegio de Abogados en Quintana Roo, mencionó que de acuerdo con el artículo 16 de la Constitución estas acciones se pueden considerar como un acto de molestia, si no existe una orden por un juez, la cual debe de tener un seguimiento policiaco. 

Sin embargo  la ley de Seguridad Pública,  señala que se pueden realizar revisiones a los automovilistas que sean considerados sospechosos. 

“Si el policía viene de manera amable, y no tengo nada que esconder dejo que me hagan las revisiones, siempre de una manera educada por  ambas partes”.

En caso de caer en la violación de este tipo, señaló que el afectado debe de amparase, y si se cometió algún delito denunciarlo ante el Ministerio Público.

¿Sabías que?

El artículo 16, de la Constitución señala que: Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal del procedimiento. (Reformado en su integridad mediante decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 18 de junio de 2008)

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