¿Sabías que las sanciones de tránsito son ilegales?

Dicho código, a través del cual ya se han cobrado las primeras multas, no está vigente.

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En el municipio de Tulum se aplica el reglamento de tránsito local sin que haya sido publicado en el Periódico Oficial del Estado, por lo tanto no ha entrado en vigor. (Rossy López/SIPSE)
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M.J. Castillo, R. López/SIPSE
TULUM, Q. Roo.- Desde el pasado 1 de julio se aplica el Reglamento de Tránsito municipal, sin que exista constancia de que haya entrado en vigor, debido a que no aparece publicado en el Periódico Oficial del Estado.

El 29 de junio, autoridades de Seguridad Pública y Tránsito municipal advirtieron de que a partir de julio iniciaría la supervisión del cumplimiento de los Artículos 48 y 57 del Reglamento de Tránsito para el Municipio de Tulum, relacionados con la prohibición de vidrios polarizados.

Ese día se informó que representantes de Seguridad Pública, Protección Civil, Secretaría General y Transporte se reunieron con transportistas para signar acuerdos, con los cuales las unidades que prestan servicio público se comprometían a retirar el polarizado de sus unidades, como medida de seguridad.

Un día después se anunció que se instalaría un operativo permanente para vigilar el polarizado en los vehículos. Y así fue. El 3 de julio se aplicaron las primeras 35 infracciones a conductores cuyas unidades tenían vidrios polarizados con densidad de “dos humos o más”.  Paralelamente, se fueron implementando revisiones para sancionar a quienes usen el teléfono celular al conducir, entre otros operativos relacionados con dicha normativa municipal.

Aseguran que ya fue publicado

Consultado respecto a la vigencia del reglamento, el director de Tránsito Municipal, Francisco Hernández García, aseguró que fue publicado en el Periódico Oficial el 3 de abril de 2009, y afirmó que se encuentra incluido en el Bando de Policía y Gobierno; sin embargo, dicha edición del medio oficial no contiene el Reglamento de Tránsito.

Mientras que el secretario general del Ayuntamiento, Gilberto Gómez Mora, comentó que el operativo para el retiro de polarizados del transporte público y privado, fue para cumplir con la medida y apoyar a la seguridad de los pasajeros y los trabajadores del volante. “Esto lo establece el Artículo 73 del Bando de Policía y Gobierno para el municipio de Tulum, del cual se desprende que los servicios de seguridad pública y tránsito tenderán a crear y procurar las condiciones necesarias para salvaguardar la integridad física, moral y patrimonial de los habitantes y vecinos del municipio”. 

Sin rastro del reglamento de tránsito oficial

El reglamento de tránsito de Tulum se puede descargar en formato PDF desde el sitio web www.ordenjuridico.gob.mx/, que pertenece a la Secretaría de Gobernación federal.  Sin embargo, el documento digital no tiene fecha de elaboración.

Al final del texto, tal como lo exige la redacción formal de este tipo de documentos, en la sección de artículos “Transitorios” figura el ítem “Único”, que dice: “El presente Reglamento entrará en vigor a los sesenta días siguientes a la publicación en el Periódico Oficial”. Sin embargo, el portal web de dicho medio estatal (http://po.qroo.gob.mx/) no lo contiene.

Se contactó con la oficina del Periódico Oficial, donde se afirmó que todas las carátulas (con los índices de contenido correspondientes) de las publicaciones impresas se “suben” a más tardar con una semana de demora a la página de internet, con el objetivo de que estén al alcance de quienes las necesiten.

De modo que, si el Reglamento de Tránsito de Tulum no se encuentra en el sitio web, entonces no ha sido publicado en el Periódico Oficial. 

El portal web del Tribunal del Poder Judicial del Estado de Quintana Roo (http://www.tsjqroo.gob.mx/), en la sección de Reglamentos Municipales, contempla todas las ordenanzas que los ayuntamientos han publicado en el Periódico Oficial del Estado.  En esta sección tampoco figura el Reglamento de Tránsito de Tulum.

En falta

Por lo tanto, no se ha cumplido con el Artículo Transitorio Único del reglamento, ni con lo dispuesto en la Ley del Periódico Oficial del Estado de Quintana Roo y tampoco con lo que ordena la Ley de los Municipios del Estado de Quintana Roo, que establecen que la entrada en vigor de este tipo de ordenanzas iniciará después de la publicación de las mismas en el medio oficial estatal.

La Ley del Periódico Oficial del Estado de Quintana Roo ordena en su Artículo 5: Ninguna ley, reglamento, decreto, acuerdo, norma, disposición, lineamiento o criterio de carácter general, Estatal o Municipal, obligará si no ha sido publicado previamente en el Periódico Oficial.

La Ley de los municipios del Estado de Quintana Roo establece en su Artículo 221:  (…) El Bando de Policía y Gobierno, Reglamentos, Circulares y Disposiciones Administrativas de observancia general, para ser válidos, deberán ser aprobados por mayoría simple del Ayuntamiento y publicados en el periódico Oficial del Gobierno del Estado.

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