¡Atención! Personas con tatuajes ya no serán discriminadas

El Congreso del Estado busca prohibir y sancionar cualquier forma de exclusión.

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En algunas empresas, no se aceptan a personas con tatuajes. (Contexto/Internet)
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Agencias
CHETUMAL, Q. Roo.- El Congreso del Estado dio entrada a una reforma que busca prohibir y sancionar cualquier forma de discriminación hacia personas que presenten tatuajes, piercings, expansiones o cualquier otro tipo de modificación corporal.

La agencia Notimex informó que en la sesión ordinaria número 23, presidida por la diputada Delia Alvarado, el pleno turnó a comisiones para su estudio y análisis la iniciativa de reformas al Artículo 132 del Código Penal y al Artículo 7 de la Ley para Prevenir, Atender y Eliminar la Discriminación, con el objetivo de eliminar prejuicios y estereotipos sociales.

De acuerdo con la iniciativa, presentada por el diputado con licencia Mario Machuca Sánchez, a lo largo de los años las alteraciones del cuerpo han sido mal vistas por la mayoría de los miembros de la sociedad.

En las escuelas, las empresas a las que se acude a pedir un empleo, en hospitales y hasta en lugares públicos se considera que son un acto de inmoralidad, aunque quien las tenga sea una persona honrada y trabajadora.

Uno de cada 10, tiene un tatuaje

La propuesta menciona que de acuerdo con datos de la Comisión Nacional para Prevenir la Discriminación en México uno de cada 10 habitantes posee un tatuaje, es decir 12 millones de personas, de las cuales la mayoría no sobrepasan los 20 años.

Además señala que la discriminación por apariencia física, entre las que se consideran las modificaciones corporales, es uno de los puntos detectados en la Encuesta Nacional sobre la Discriminación en México como de mayor incidencia.

También de discriminación laboral al momento que una persona participa en un concurso de reclutamiento laboral.

Por ello se propone incluir a la discriminación por modificaciones corporales dentro de los tipos de discriminación que sanciona el Código Penal en su Artículo 132, de dos a cuatro años de prisión o de 100 a 200 días de trabajo a favor de la comunidad y multa de 100 a 200 días.

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