Turistas arrollan a un cocodrilo en un área protegida

Las autoridades ya investigan el caso; los responsables podrían pasar 9 años en prisión.

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La empresa de tours será denunciada ante las autoridades. (Foto: Redacción)
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Gustavo Villegas/SIPSE
COZUMEL, Q. Roo.- Una empresa productora de videos y otra que organiza tours en la isla, serán denunciadas ante las instancias federales ambientales por llevar a cabo actividades prohibidas en el camino a "Punta Molas".

En un video colocado en tres diferentes redes sociales, se observa como una cuatrimoto de la empresa Dune Buggy de Wild Tours, conducido por un norteamericano, arrolla a un cocodrilo que descansaba bajo la superficie de una pequeña laguna en las dunas.

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El reptil queda prácticamente atorado bajo el vehículo todo terreno luego de recibir un impacto a alta velocidad. Las imágenes fueron subidas a la red apenas el 11 de abril, el mismo día en el que la ambientalista Guadalupe Álvarez Chulim de Azueta, diera a conocer la responsabilidad de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (Conanp). El director de esta dependencia, Christopher González Baca, adelantó que se procederá legalmente contra quien resulte responsable de estos hechos.

Los protagonistas de este episodio en el que se provoca daño, no solo al medio ambiente sino a una especie de fauna local, fue completamente filmado de principio a fin y se utilizaron drones para las tomas aéreas.

En el video se aprecia como tras visitar otras zona de la isla en la que los protagonistas son Adam Serrano y su esposa, se dirigen a la zona oriental hasta llegar a la entrada del camino a "Punta Molas", que está catalogada como un área natural protegida y así lo indica un letrero a la entrada de este camino localizado a unos 25 kilómetros del centro de la ciudad.

Tras recorrer unos tres mil metros llegan a un claro que ha sido erosionado por el continuo paso de los vehículos todo terreno que en su centro cuenta con una pequeña laguna. Este cuerpo de agua es refugio de los cocodrilos. Adam Serrano se interna en la laguna a toda velocidad y choca contra el cocodrilo que queda debajo del vehículo atascado.

El extranjero y su esposa celebran el arrollamiento junto a otras dos personas que al parecer forman parte del staff de Dune Buggy de Wild Tours, mientras que desde distintos ángulos, incluido el aéreo, se filman los detalles del episodio que posteriormente fueron colocados en las cuentas @fluentinfun de Twitter, Fluent in Fun de Facebook y Fluent in Fun de You Tube.

Luego de varios intentos, el vehículo se libera dejando escapar al cocodrilo que sale del agua para refugiarse entre los arbustos. Se desconoce si el cocodrilo acutus sufrió heridas, pero a juzgar por el impacto que se puede ver en el video, médicos veterinarios consultados no descartaron que haya sufrido lesiones internas que lo lleven posteriormente a la muerte.

El Programa de Manejo del Área de Natural Protegida con carácter de Área de Protección de Flora y Fauna la Porción Norte y la Franja Costera Oriental, Terrestres y Marinas de Cozumel, señala en el apartado Subzona de Preservación Lagunar y Costera Actividades no Permitidas, que se no se puede interrumpir, desviar, rellenar, o desecar flujos hidráulicos o cuerpos de agua. Otra actividad vedada es el recorrido con vehículos con propulsión motorizada.

Va Conanp contra los responsables 

El director de la Conanp, tras ver las imágenes, dio a conocer que se pondrán a trabajar de manera inmediata y citó el artículo 420 del Código Penal Federal que dice que se impondrá pena de uno a nueve años de prisión y por el equivalente de 300 a tres mil días de multa, a quien ilícitamente dañe algún ejemplar de las especies de flora o fauna silvestres, terrestres o acuáticas señaladas en la fracción anterior.

En cuanto a si se hallarán responsables a las personas que aparecen en los videos y las penas que pudieran alcanzar, Christopher González dijo que esto lo determinará el proceso en su contra pero que pueden hacerse acreedores a una pena adicional hasta de tres años más de prisión y hasta mil días multa adicionales, cuando las conductas descritas se realicen o afecten un área natural protegida, o cuando se realicen con fines comerciales.

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