Conoce tus derechos como pasajero de aerolínea

La Cámara de Diputados aprobó la iniciativa para modificar la Ley de Aviación, dando más beneficios al consumidor.

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En lo que va del año, sólo se han registrado 20 quejas por retardos o negativa de vuelo. (Foto: Jesús Tijerina/SIPSE)
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Alejandro García/SIPSE
CANCÚN, Q.Roo.- Por lo regular los pasajeros no reportan ante la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) retraso  de vuelos, prueba de ello es que, en lo que van del año, en la delegación de esta dependencia, sólo se tiene registro de alrededor de 20 quejas por negativa de devolución y cobros excesivos, principalmente.  

Pero con las reformas a la Ley de Aviación Civil y a la Ley Federal de Protección al Consumidor, establecen que las aerolíneas deberán informar a los usuarios, a través de medios electrónicos y en el área de abordaje, las razones o causas que originen la demora de un vuelo, de lo contrario se harán merecedores a sanciones, si incumplen  con los horarios de vuelos y sobreventa de boletos.

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Por ello estas reformas buscan proteger a los pasajeros para que sean recompensados por estas faltas y se establece que la Profeco tenga las atribuciones para poder sancionar este tipo de prácticas.

La Cámara de Diputados ya aprobó la iniciativa que modifica la Ley de Aviación, más no la de Ley de Aeropuertos, así también al Reglamento de Aviación y algunas modificaciones en cuanto a la ley Federal que protege al consumidor.

Estos cambios serán discutidos el martes en el Senado, aunque las aerolíneas ya empezaron a cabildear para echarla abajo porque, dicen, dejarán de ser competitivas al tener que incrementar sus costos para cubrir esos fondos necesarios para indemnizaciones al pasajero.

De prosperar las indemnizaciones, una vez que este martes se ratifique en el Senado, sólo serán aplicables a aerolíneas nacionales. Las extranjeras no serán obligadas a acatar esto porque su respectivo país debe regularlas respectivamente.

La Profeco invitó al consumidor a hacer valer sus derechos y presentar la queja correspondiente si es víctima de alguna de estas situaciones.

Asimismo las aerolíneas que operen en México estarán obligadas a informar el precio final del viaje de interés, desde el inicio de cualquier operación, sin imponer algún tipo de cargo adicional. Además el usuario que haya adquirido pasaje de conexión, o de ida y vuelta, podrá completar cualquiera de los vuelos pese a haber perdido alguno de ellos.

Para vuelos nacionales e internacionales, el pasajero podrá transportar como mínimo y sin cargo alguno 25 kilogramos de equipaje cuando los vuelos se realicen en aeronaves con capacidad para 20 pasajeros o más y 15 kilogramos cuando la aeronave sea de menor capacidad.

También quedó establecido que cada pasajero podrá llevar en cabina hasta dos piezas de equipaje de mano. Las dimensiones de cada una serán de hasta 55 centímetros de largo por 40 centímetros de ancho por 25 centímetros de alto y el peso de ambas no deberá exceder los 10 kilogramos.

Conoce a detalle cuáles son tus derechos, dependiendo de la situación: 

En el caso de demoras: después de la primera hora la línea aérea deberá ofrecerte alimentos. Si fuese de dos a cuatro horas, se obliga a una compensación mínima de 7.5% del precio del boleto. Pero si es mayor de cuatro horas, reintegrarán lo que pagaste, con una indemnización correspondiente al 25%, Ojo: Sólo si cancelas tu vuelo para entonces.

En caso de cancelaciones: si fuese responsabilidad de la aerolínea (aquí entra el punto de quién determina la responsabilidad de la aerolínea o del aeropuerto), habrá dos opciones: reintegrar el monto del viaje o brindar transporte en el próximo vuelo disponible (debería ser incluso en otra aerolínea si fuera el caso). Los alimentos y el hospedaje, si se tuviera que pernoctar, estarán cubiertos también, y se indemnizará adicionalmente con el 25% del costo del boleto (algunos proponen que si no se brindan alimentos y pernocta, se retribuya sólo el equivalente al 25% del costo de boleto más la reprogramación del vuelo, es decir, sin cubrir aquellos servicios adicionales.

Respecto al equipaje: se busca que el pasajero pueda documentar hasta 25 kilos en vuelos nacionales e internacionales, sin ningún costo extra. Aunque este cobro extra acaba de implementarse. Las personas con discapacidad no pagarán por transportar sus sillas de ruedas.

Si el equipaje sufre daños, la indemnización será de hasta seis mil 39 pesos (aunque este aplica para equipaje de mano, que normalmente uno mismo traslada; en caso de se dañe o pierda el equipaje documentado podrá haber indemnización de hasta 11 mil 323 pesos.

Daños al pasajero: Las aerolíneas deben incluir un seguro a sus viajeros para cubrir daños personales, al equipaje o terceros, vigente desde que hay ascenso a la aeronave y hasta el descenso de la misma.

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