Por cambio de uso de suelo ilegal, Profepa clausura predio

En dicho lugar se llevó a cabo la remoción sin autorización de selva mediana.

|
El inspeccionado no presentó la autorización para el Cambio de Uso de Suelo. (Redacción/ SIPSE)
Compartir noticia en twitter
Compartir noticia en facebook
Compartir noticia por whatsapp
Compartir noticia por Telegram
Compartir noticia en twitter
Compartir noticia en facebook
Compartir noticia por whatsapp
Compartir noticia por Telegram

Redacción
PUERTO MORELOS, Q. Roo.- La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) clausuró de manera total temporal un predio ubicado en la zona conocida como “Ruta de los Cenotes”, en el municipio de Puerto Morelos, Quintana Roo, debido a la remoción de vegetación en terrenos forestales sin autorización de la autoridad ambiental federal.

De acuerdo con información del boletín, en visita de inspección, personal de la Delegación Federal de la PROFEPA en Quintana Roo constató actividades de desmonte y remoción de vegetación para el cambio de uso de suelo con maquinaria pesada, donde se afectó un total de 5.3 hectáreas de vegetación primaria forestal.

También te puede interesar: Llega a Cancún el espectacular Aeroshow

En dicho lugar se llevó a cabo la remoción sin autorización de selva mediana subperennifolia con una asociación de Palma chit (Thrinax radiata)  y Palma nacax (Coccothrinax radiata).

Estas especies se encuentran enlistadas en la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2010, bajo la categoría de especies Amenazadas (A).

Estas especies se encuentran enlistadas en la Norma Oficial Mexicana.

Durante la diligencia, el inspeccionado no presentó la autorización para el Cambio de Uso de Suelo en Terrenos Forestales emitido por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT).

Por ello, y con fundamento en el Artículo 161, Fracción II,  de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable (LGDFS), se procedió a imponer como medida de seguridad la Clausura Total Temporal del predio.

Delito penal

De acuerdo al Artículo 165 de  la  propia LGDFS, las violaciones cometidas podrán ser sancionadas con la imposición de una multa por el equivalente de 100 a 20 mil días de la Unidad de Medida y Actualización vigente en la Ciudad de México, además de la clausura total temporal de las obras y actividades.

Por otra parte y conforme a lo previsto en el Artículo 418 del Código Penal Federal, dichas conductas pueden derivar en un delito penal e incluso se podrá imponer una pena de seis meses a nueve años de prisión, además de una multa por el equivalente de cien a tres mil días de multa a quien desmonte o destruya la vegetación natural y cambie el uso del suelo forestal.                       

Lo más leído

skeleton





skeleton