Obligan a estudiantes a usar pulsera por no pagar colegiatura

Esta medida es para diferenciar a los alumnos que no han realizado su pago.

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Dicha acción constituye una forma de discriminación motivada por una condición social. (Contexto)
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Agencia
CANCÚN, Q. Roo.- Colocar cualquier tipo de distintivo para diferenciar, en una institución educativa, a los estudiantes que sí pagaron colegiatura de los que no, es una medida discriminatoria que viola los derechos humanos, así lo señalaron los magistrados de un tribunal federal.

Argumentaron que la mecánica implementada por una universidad privada que, para diferenciar a los alumnos que han pagado los servicios de educación que presta, los obliga a usar una pulsera, constituye una medida que violenta el derecho a la educación, pues segrega a la sociedad estudiantil, lo cual merma en su dignidad y es contrario a una política educativa que favorece a la comprensión y tolerancia, informó el portal Excélsior.

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Dicha acción constituye una forma de discriminación motivada por una condición social que crea un menoscabo en los derechos y libertades de los estudiantes, ya que son obligados a portar un distintivo que tiene una connotación económica”, expone la sentencia.

Dicha acción constituye una forma de discriminación motivada por una condición social.

Una universidad privada, con sede en Cancún, Quintana Roo, obligaba a los estudiantes a portar una pulsera distintiva de pago mensual de colegiatura y en caso de incumplimiento se negaba el acceso a clases. Un universitario se amparó contra la medida.

Ante esto, los magistrados federales señalaron que existe una obligación tanto de las instituciones públicas de educación, como de las particulares, de mantener una política orientada hacia la dignidad de las personas, en el marco de la no discriminación y el fomento a los derechos humanos, a fin de contribuir al desarrollo del individuo y a la transformación de la sociedad.

A propuesta del magistrado Juan Ramón Rodríguez Minaya, se consideró que existe la obligación, tanto de las instituciones de educación del Estado, como a las particulares, de no discriminación, así como de mantener una política orientada hacia el respeto de los Derechos Humanos y de la dignidad de las personas.

Universidad obliga a estudiantes

La distinción por medio de una pulsera, brazalete o cualquier otro distintivo visible constituye una forma de discriminación motivada por una condición social, esto es, los que pagan puntualmente y los que no, que atenta contra la dignidad humana tanto de quienes la portan como de los que no, teniendo por objeto diferenciar a un grupo dentro de un mismo sector social que, desde luego, crea un menoscabo en sus derechos y libertades”, sostiene la sentencia.

En su resolutivo, por mayoría de votos, el tribunal ordenó a la universidad abstenerse de obligar a los estudiantes a portar una pulsera, brazalete o cualquier objeto o marca distintiva visible para poder ingresar a clases, con el objeto de diferenciar entre los alumnos que pagan puntualmente la colegiatura y los que no.

El único voto contrario fue el de la magistrada Selina Avante, presidenta del Tercer Tribunal Colegiado de Quintana Roo quien, entre otros puntos, consideró que “portar un brazalete no altera su anatomía ni genera humillación por ser contrario a la naturaleza humana, es decir, en forma alguna vulnera su dignidad por sí mismo”.

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