Aumentan los abortos legales en Quintana Roo

De abril de 2007 al 15 de diciembre pasado, se practicaron 80 interrupciones de embarazo en el Estado.

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La mayoría de las mujeres que han tenido acceso al aborto legal, tienen entre 18 y 35 años. (Foto: Eddy Bonilla)
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Benjamín Pat/SIPSE
CHETUMAL, Q. Roo.- El número de mujeres quintanarroenses que se practicaron un aborto legal, incrementó durante el 2016, al pasar de un promedio de 13 anuales en el periodo 2014-2015, a 20 tan sólo en el año pasado.

Las cifras oficiales del gobierno de la Ciudad de México, indicaron que de abril de 2007 al 15 de diciembre pasado, se practicaron 170 mil 391 Interrupciones Legales del Embarazo, de los cuales, 80 fueron en mujeres provenientes de Quintana Roo.

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Del total de casos, 34 se registraron en el periodo de 2007 a 2013; 26 entre 2014 y 2015, y 20 restantes se dieron de enero a diciembre, de 2016.

Quintana Roo ocupa el primer lugar en la Península de Yucatán en cuanto a la cantidad de mujeres que han viajado a la Ciudad de México para la interrupción del embarazo, por encima de Yucatán con 28 casos, y Campeche con 12.

La cifra de féminas con residencia en Quintana Roo, rebasa incluso la cantidad de mujeres extranjeras que van a esa ciudad para el mismo, cuyo número es de apenas 59 durante los últimos años.

La mayoría de las mujeres que han tenido acceso al servicio de interrupción legal del embarazo en el país, son de secundaria y preparatoria, y de los rangos de edad de 18 a 34 años, según las estadísticas oficiales. 

Aprobación

Los abortos legales, dentro del periodo de 12 semanas, fue aprobado en la Ciudad de México en el año de 2007, con lo cual se abrió la posibilidad de que las mujeres puedan realizar la interrupción del embarazo, si consideran que se da en condiciones difíciles, o que pone en riesgo su futuro económico o la salud.

En el caso de la entidad, desde el 2009, la Constitución Política del Estado establece el reconocimiento del derecho a la vida desde la concepción.

El aborto está permitido únicamente cuando es producto de una violación, con una serie de condiciones, cuando exista razón suficiente para suponer que el producto padece alteraciones genéticas o congénitas, o que ponga en grave peligro la vida de la madre. 

“El Estado reconoce, protege y garantiza el derecho a la vida de todo ser humano, al sustentar expresamente que desde el momento de la concepción entra bajo la protección de la ley y se le reputa como sujeto de derechos para todos los efectos legales correspondientes, hasta su muerte”, señala el primer párrafo de artículo 13 constitucional.

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