Se esconde el magistrado de los legisladores

El Congreso del Estado no ha logrado ubicar a Carlos Lima Carvajal para notificarle.

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El jueves de esta semana estaba programada una primera audiencia, donde se le daría al funcionario su derecho de réplica.
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Benjamín Pat / SIPSE
CHETUMAL, Q. Roo.- Personal del Congreso el Estado no ha logrado ubicar, hasta el momento, a Carlos Lima Carvajal, magistrado del Tribunal Superior de Justicia para notificarle el inicio del procedimiento jurisdiccional en su contra. Juan Carlos Pereyra Escudero, presidente de la Comisión Transitoria del Congreso confirmó que el jueves de esta semana estaba programada una primera audiencia, donde se le dará al funcionario su derecho de réplica.

Sin embargo, ante la falta de localización del funcionario del Poder Judicial, se determinó diferir el encuentro para el martes 11 de abril.

“No podemos decir que el magistrado se esté escondiendo, porque él tiene su agenda y sus audiencias y posiblemente, en el momento que el personal acudió para hacer la notificación no estaba”, afirmó el legislador.

Sin embargo, la Comisión Transitoria determinó solicitar a la Novena Sala Especializada en Materia Penal Oral un informe detallado sobre las actividades realizadas en los últimos días para determinar o descartar que el magistrado se esté sustrayendo únicamente de la notificación.

“Aunado a ello se va a pedir a través de la Oficialía de Partes se le notifique de manera personal en su dirección. En tanto quedó diferida la sesión que había sido programada”, destacó Pereyra Escudero.

De acuerdo con el legislador el procedimiento se realizará de manera correcta, respetando siempre el derecho de audiencia del magistrado Carlos Lima Carvajal, por lo que una vez notificado seguirá con el proceso.

En la audiencia reprogramada, el magistrado tendrá la oportunidad de presentar cada una de las pruebas que considere necesarias a su favor.

Lima Carvajal, designado como integrante del Poder Judicial a mediados de 2016, es sujeto a un procedimiento solicitado por el propio Poder Judicial, el cual determinó que incumplió de manera injustificada con su declaración patrimonial inicial.

El artículo 87 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos establece, en caso de incumplimiento injustificado en esa obligación, quedará sin efectos el nombramiento respectivo.

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