Niegan suspensión definitiva a ex tesorero de Carrillo Puerto

Suman dos funcionarios que incluye conductas presuntamente delictivas.

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Estas medidas forman parte de una fase en la promoción de los amparos. Foto: (Joel Zamora/SIPSE)
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Benjamín Pat/SIPSE
CHETUMAL,QRoo.-El Juzgado Primero de Distrito negó la suspensión definitiva solicitada por el ex tesorero de Felipe Carrillo Puerto, Julio Salvador Marrufo Ravell, contra actos de la Auditoría Superior del Estado de Quintana Roo (Aseqroo).

“En términos del considerando tercero de esta interlocutoria SE NIEGA A JULIO SALVADOR MARRUFO RAVELL por su propio derecho la suspensión definitiva de los actos que reclama”, acordó el Juzgado dentro del juicio de amparo 645/2017.

El organismos técnico del Poder Legislativo interpuso recientemente tres denuncias penales en contra de ex funcionarios del Ayuntamiento de Felipe Carrillo Puerto, dos de ellas derivadas de una auditoría complementaria realizada a la Cuenta Pública 2015.

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La revisión se hizo a una cuenta pública que había sido sancionado por la propia Auditoría y el Congreso del Estado.

Esas revisiones se detectaron hechos que constituyen conductas presuntamente delictivas, llevadas a cabo por algunos servidores públicos del Ayuntamiento de Felipe Carrillo Puerto y que se concretaron en dos denuncias, uno por un millón 740 mil 747.50 pesos y otra por 23 millones de pesos.

Con el ex tesorero, suman dos los ex funcionarios a quienes el Juzgado Primero de Distrito les ha negado la suspensión definitiva contra actos de la Auditoría Superior del Estado.

El otro refiere al amparo 643/2017 promovido por Gabriel Carballo Tadeo, ex presidente municipal de ese municipio.

(Foto: Joel Zamora/SIPSE)

“Toda vez que ya fue emitido por las autoridades a que se les atribuye, por lo que en su contra resulta improcedente conceder la suspensión provisional peticionada, ya que hacerlo equivaldría a darle efectos restitutorios que son propios de la sentencia definitiva que se pronuncie en el juicio principal del que deriva este incidente”, acordó en su oportunidad el mismo Juzgado.

Las suspensiones definitivas forman parte únicamente de una fase de la promoción de los amparos, porque aún están pendientes por realizarse las audiencias constitucionales, programadas para las siguientes fechas.

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