Cataluña no podrá asistir a los juegos olímpicos

Hasta que no sea reconocida como país por la comunidad internacional,no podrá participar.

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La pretensión de independencia de una parte de la sociedad acabaría con los sueños de más de 80 atletas. (Foto: El Comercio)
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Agencia
CATALUÑA.-La base jurídica del COI es la Carta Olímpica, que solo acepta a un «Estado independiente reconocido por la comunidad internacional

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De acuerdo con El Comercio, la inesperada Declaración de Independencia llevada a cabo por el gobierno catalán abre ahora muchos interrogantes. Uno de ellos es el que afecta al mundo del deporte y los propios protagonistas no son ajenos a esas dudas.

El calado social del deporte trasciende, y aunque la pregunta base se ciñe a una duda metódica –«¿en qué liga jugaría el Barcelona?»–, el asunto va mucho más allá.

Traspasa la frontera del fútbol para adentrarse en cientos de disciplinas. Y Cataluña posee un peso específico sin igual como parte de España. En los últimos Juegos Olímpicos de Río de Janeiro (2016), el 26 por ciento de la expedición española eran atletas catalanes.

Había 81, amplia mayoría respecto a otras comunidades. Madrid acudió con 36, la Comunidad Valenciana y Andalucía, con 24 y el País Vasco, con 21.

La pretensión de independencia de una parte de la sociedad catalana acabaría con los sueños de una extensa proporción de esos 81 atletas y de otros muchos. Cataluña no sería admitida en unos Juegos Olímpicos hasta que no fuese reconocida como país por la comunidad internacional.

Esto dice la Carta Olímpica, la «biblia» para el Comité Internacional (COI) y el movimiento olímpico.

El COI es un organismo supranacional que se ha caracterizado siempre por la extraterritorialidad de sus normas. Más allá de las leyes vigentes de cada país, se guía por sus propios estatutos. En su artículo 29, la Carta Olímpica prevé el procedimiento de reconocimiento de nuevos comités olímpicos nacionales (CON), pero establece que «un CON solo puede reconocer una única federación deportiva nacional por cada deporte regido por una Federación Internacional». Y expone en su apartado 30: «La expresión país significa un Estado independiente reconocido por la comunidad internacional».

Según las fuentes jurídicas del Comité Olímpico Español consultadas, esto quiere decir que solo puede haber un comité por país y que solo otro Estado puede tener un comité propio si lo reconoce la ONU.

«Lo normal será una huida de talentos de los deportistas catalanes a España», comenta Alberto Palomar, magistrado experto en derecho deportivo que fue director de gabinete de la Secretaría de Estado para el Deporte.

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