Sin cánticos racistas ni pancartas se jugará el River-Boca

En España se restringe el ingreso con banderas, símbolos o porras que inciten a la violencia.

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Las condiciones de permanencia de los hinchas en los partidos de fútbol en España restringen cualquier manifestación que incite a la violencia. (Infobae)
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Agencia
CIUDAD DE MÉXICO.- La Conmebol está decidida y no dará marcha atrás: el partido definitivo entre los clubes argentinos se jugará el próximo domingo 9 de diciembre en el estadio del Real Madrid. El cruce genera un gran interés. Muestra de ello es que este fin de semana los argentinos no residentes y los socios del "Merengue" agotaron las entradas que tenían a su disposición, lo que indica que la finalísima se jugará en una cancha repleta.

La Comisión Estatal contra la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte es la entidad que en España regula las sanciones tanto para clubes como para espectadores, publica el portal de noticias Infobae.

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La última norma sancionada que nació con el objetivo de erradicar la violencia de los estadios prevé penas que se dividen en "leves, graves y muy graves". El fútbol es el deporte que  aglutina más del 98% de los hechos que requieren de la intervención del organismo.

La reglamentación española establece fuertes penas económicas para quienes sean responsables por situaciones de violencia en torno a espectáculos deportivos: de 150 a 3 mil euros en caso de infracciones leves, de mil a 60 mil euros en caso de infracciones graves y de 60 mil a 650 mil euros, en caso de infracciones muy graves. El tope fue pensado para los casos en que el organizador del espectáculo sea considerado responsable de los hechos de violencia.

El ataque al micro

La ley define como un acto o conducta violenta la participación activa en altercados, riñas, peleas o desórdenes públicos en los estadios, en sus aledaños o en los medios de transporte que se utilicen para ir a los mismos.

Especialmente son consideradas infracciones muy graves los actos vandálicos "en los transportes públicos y transportes organizados" cuando se ocasionen "daños o graves riesgos a las personas o en los bienes".

Las bengalas, tipificadas como armas

La ley prohíbe expresamente en el capítulo II, artículo 6, el ingreso a los estadios con armas u objetos que pudieran producir los mismos efectos, entre ellos menciona expresamente a las bengalas, petardos, explosivos o productos inflamables, fumíferos o corrosivos.

Las obligaciones de los espectadores

En el mismo artículo se restringe el ingreso con pancartas, banderas o símbolos que inciten a la violencia o que contengan amenazas o insultos; acceder al estadio bajo los efectos de bebidas alcohólicas, drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas; ingresar sin entradas; cualquier otra actitud que pueda contribuir a fomentar conductas violentas, racistas, xenófobas o intolerantes.

Y son condición de permanencia: no agredir ni alterar el orden público; no entonar cánticos, sonidos o consignas racistas o que inciten a la violencia; no exhibir banderas agresivas; no lanzar ninguna clase de objetos; no irrumpir sin autorización en el terreno de juego; no tener, activar o lanzar cualquier clase de armas o de objetos que pudieran producir los mismos afectos, así como bengalas, petardos o explosivos; no consumir bebidas alcohólicas ni drogas.

Además de las sanciones económicas, a las personas físicas que cometan las infracciones se les podrán imponer según la ley y atendiendo a las circunstancias de los hechos y su gravedad o repercusión social, la sanción de "desarrollar trabajos sociales en el ámbito deportivo" y la "prohibición de acceso a cualquier recinto deportivo".

La suspensión de los partidos

La ley contempla expresamente la potestad del árbitro para suspender provisoriamente o definitivamente el evento deportivo ante hechos de violencia similares a los que sucedieron en la Argentina.

Para ello, se deberá ponderar el normal desarrollo de la competición y la gravedad de los hechos. El órgano de aplicación elaboró un protocolo de actuación para estos casos.

Según datos oficiales de la Comisión en su memoria anual, obtenidos a partir de la información facilitada por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad dependientes de la Secretaría de Estado de Seguridad (Cuerpo Nacional de Policía y Guardia Civil) de España, y una Policía Autonómica (País Vasco) a través de la Oficina Nacional de Deportes, de la Comisaría General de Seguridad Ciudadana de ese país, en la temporada 2017/2018, hubo propuestas por 877 sanciones.

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