Tras defender a México, ahora lo ofenden

A su llegada al aeropuerto capitalino tras calificar al Mundial, varios jugadores del Tri portaban gorras con el símbolo patrio.

|
Francisco <i>Maza</i> Rodríguez, durante una entrevista portando el escudo nacional en su gorra. (Captura de pantalla de YouTube)
Compartir noticia en twitter
Compartir noticia en facebook
Compartir noticia por whatsapp
Compartir noticia por Telegram
Compartir noticia en twitter
Compartir noticia en facebook
Compartir noticia por whatsapp
Compartir noticia por Telegram

Agencias
MÉXICO, D.F- Las gorras de la Selección Mexicana violan la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales, ya que en la parte trasera de dicha prenda tiene el símbolo patrio, y según el capítulo tercero, artículo sexto, del Uso y Difusión del Escudo Nacional prohíbe que se utilice para fines que no sean oficiales.

Este día se observó a la mayoría de los jugadores del Tri, a su llegada a la capital del país tras el repechaje contra Nueva Zelanda, con el artículo de la firma New Era, en el que el logo de "Hecho en México" se apreció en la parte delantera, y por atrás se notó perfectamente el Escudo Nacional.

Por tal motivo, se intentó contactar a las autoridades de la selección mexicana, pero hasta el momento no han respondido a la petición.

A continuación el capítulo tercero:

Del Uso y Difusión del Escudo Nacional

ARTÍCULO 5o.- Toda reproducción del Escudo Nacional deberá corresponder fielmente al modelo a que se refiere el Artículo 2o. de esta Ley, el cual no podrá variarse o alterarse bajo ninguna circunstancia.

ARTÍCULO 6o.- Con motivo de su uso en monedas, medallas oficiales, sellos, papel oficial y similares, en el Escudo Nacional sólo podrán figurar, por disposiciones de la Ley o de la Autoridad, las palabras "Estados Unidos Mexicanos", que formarán el semicírculo superior.

El Escudo Nacional sólo podrá figurar en los vehículos que use el Presidente de la República, en el papel de las dependencias de los Poderes Federales y Estatales, así como de las municipalidades, pero queda prohibido utilizarlo para documentos particulares. 

El Escudo Nacional sólo podrá imprimirse y usarse en la papelería oficial, por acuerdo de la autoridad correspondiente apegándose estrictamente a lo establecido por los artículos 2o. y 5o. de la presente Ley.

Lo más leído

skeleton





skeleton