IFT quita exclusividad para transmitir partidos del Tri

El instituto Federal de Telecomunicaciones dio a conocer la lista de Contenidos Audiovisuales Relevantes.

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El IFT publicó la lista de contenidos relevantes que no podrán ser transmitidos en exclusiva por agentes económicos preponderantes. (emol.com)
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La Afición/Milenio
MÉXICO, D.F.- Los partidos de la selección mexicana de futbol ya no podrán ser transmitidos en exclusiva, de acuerdo con los contenidos audiovisuales relevantes que publicó este viernes el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT). 

El IFT clasificó como contenidos audiovisuales relevantes los siguientes: 

  1. Los partidos de la selección mexicana de futbol (categoría varonil mayor)
  2. Las ceremonias de inauguración y clausura de los Juegos Olímpicos de Verano organizados por el Comité Olímpico Internacional.
  3. Las ceremonias de inauguración y clausura, y los partidos de inauguración, cuartos de final, semifinales y final de la Copa Mundial de la Federación Internacional de Futbol Asociación (FIFA), organizados cada cuatro años y conocido comúnmente como Copa del Mundo o Mundial de Futbol
  4. Los partidos de la final del torneo de liga de primera división, organizado por la  Federación Mexicana de Futbol, conocida comúnmente como la Liga MX.

La Unidad de Sistemas de Radio y televisión del Instituto (USRTV) llevó a cabo un análisis entre un universo de 220 mil 724 contenidos audiovisuales de televisión radiodifundida transmitidos a través de televisión restringida. Este análisis comprendió entre el 1 de abril de 2010 y el 30 de abril de 2014, según explica el IFT.

El IFT tomó como medida el nivel de audiencia para hacer la lista de contenidos, pues le permite identificar las transmisiones que en poco tiempo logran atraer mayor interés en un segmento de la población y por defecto tienen un gran impacto a nivel de audiencia.

“Estos contenidos son de gran relevancia debido a que, al ser contratados en exclusiva por los agentes económicos preponderantes, permiten a éstos fortalecer su posición frente a las audiencias y limita a otros participantes en el mercado para competir de manera efectiva”, señaló el Instituto Federal de Telecomunicaciones.

Según el acuerdo con el artículo transitorio del anexo 4 de la resolución a través de la cual se determinó a los agentes económicos preponderantes, el agente económico tiene máximo 10 días para presentar a la institución los contratos de contenidos relevantes suscritos.

Esta nueva determinación del IFT entrará  en vigor a los 30 días naturales después de su expedición.

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