Afinan reformas contra la trata de personas

Entre las modificaciones del Senado a la ley en la materia está el endurecimiento de las sanciones.

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Entre los posibles nuevos tipos penales de trata de personas está el alistamiento de menores en conflictos armados. (Agencias/Archivo)
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Agencias
MÉXICO, D.F.- El Senado aprobó, en comisiones, reformas a la ley contra la trata de personas, que armonizan el contenido con el de otros ordenamientos recién aprobados, como la Ley General de Víctimas.

Además, amplía el catálogo de tipos penales y las agravantes para endurecer las sanciones, que pueden llegar hasta los 50 años de cárcel.

Respecto a la publicación de anuncios de tipo sexual en medios de comunicación, se matiza el artículo 32 para definir que se impondrán penas de dos a siete años de prisión y de 500 a mil días de multa a quien solicite o contrate un espacio para la publicación de publicidad ilícita o engañosa que facilite la trata, informa Milenio.

No se sancionará al medio, ya sea impreso, electrónico, cibernético “o de cualquier tipo, sino a quien dirija, edite o gestione algún medio que facilite las conductas delictivas en esta ley, con penas de cinco a 15 años de prisión y de mil a 20 mil días de multa.

Nuevas categorías

Entre los nuevos tipos penales, se incluye como trata de personas el alistamiento de menores en conflictos armados, la extracción de órganos y fluidos humanos que hayan sido con amenaza o presión y la separación de una madre de su hijo.

Las reformas modifican los requisitos para acreditar el daño a seis bienes jurídicos, como son la vida, dignidad, libertad, integridad, seguridad y libre desarrollo de niños y adolescentes, al determinar que ahora solo se tiene que acreditar el daño al libre desarrollo de la personalidad.

La ley vigente impone el mismo rango de sanción si los delitos se cometen contra una persona o varias, pero con la reforma se protege a cada víctima individualmente y se castiga con las reglas del concurso (acumulación de penas) si el delito se comete contra varios sujetos pasivos.

Se incorporan diversos delitos, servicios forzados, embarazo forzado, extracción de órganos y determina correctamente la diferencia entre medios comisivos y las agravantes, al establecer que los primeros serán utilizados por los delincuentes.

Las agravantes son las condiciones tanto de los delincuentes como de las víctimas, que deberán elevar la penalidad. Entre los medios comisivos se incluye la amenaza, uso de la fuerza, coacción, engaño, seducción, abuso de poder, aprovechamiento de una situación de vulnerabilidad, pago o beneficio a un tercero, o consentimiento de tercero.

Garantía a víctimas

Durante la sesión de comisiones unidas de Justicia, Derechos Humanos y Trata de Personas, la senadora perredista Angélica de la Peña se refirió a los cambios y destacó que garantizan la protección de las víctimas, perfeccionan los tipos penales e incorporan nuevas conductas delictivas.

La senadora priista Arely Gómez subrayó que la trata y explotación de personas son dos fenómenos que deben ser erradicados si pretendemos ser un Estado respetuoso de la dignidad de los seres humanos.

La panista Adriana Dávila hizo notar que en 12 meses se trabajó en las diversas iniciativas, de modo que no es un análisis hecho a la carrera o al vapor, sino “un dictamen responsable”. 

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