Facilita SAT importación de mercancías

Amplían la franquicia de 75 a 300 dólares para mexicanos que arriben al país vía terrestre, marítima o aérea.

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La ampliación de la franquicia corresponde del 1 de noviembre hasta el 8 de enero de 2014 para quien viaje por aire, mar o tierra. (Agencias/Foto de contexto)
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Agencias
MÉXICO, D.F.-  El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó que a partir de este 1 de noviembre y hasta el 8 de enero de 2014 se amplía la franquicia de 75 a 300 dólares para los pasajeros de nacionalidad mexicana que arriben al país, durante la temporada decembrina, vía terrestre, marítima o aérea.

En un comunicado, el organismo refirió que las franquicias de los integrantes de una misma familia pueden acumularse si arriban al país simultáneamente y en el mismo medio de transporte, siempre y cuando no sean residentes de la franja o región fronteriza, publica Notimex.

Detalló que actualmente quienes viajan a México pueden llenar la Declaración de Aduana por Internet antes de llegar al país, y para ello, los pasajeros pueden ingresar a aduanas.gob.mx, llenar el formato, imprimirlo y entregarlo al momento de cruzar la aduana a México, evitándose con ello las molestias durante su arribo.

Casos de pago

En caso de rebasar el límite de la franquicia (pero no por más de tres mil dólares o su equivalente en moneda nacional), agregó, se deberá pagar el impuesto correspondiente de 16 por ciento del valor de las mercancías.

Para ello se deberá utilizar el formato "Pago de contribuciones al comercio exterior" o la aplicación electrónica del mismo nombre disponible en aduanas.gob.mx., impuesto que puede pagarse en la aduana con tarjeta de crédito, de débito o en efectivo.

Otras mercancías

Además de la franquicia, los pasajeros pueden ingresar como parte de su equipaje personal las siguientes mercancías, nuevas o usadas: bienes de uso personal, como ropa, calzado y productos de aseo y de belleza, siempre que sean acordes a la duración del viaje, incluido un ajuar de novia.

Los artículos para el traslado, aseo y entretenimiento de los bebés, como silla, cuna portátil, carriola, andadera, entre otros, incluidos sus accesorios.

Otros artículos que pueden ingresar como parte de su equipaje personal son: dos cámaras fotográficas o de videograbación; material fotográfico; tres equipos portátiles de telefonía celular o de las otras redes inalámbricas; un equipo de posicionamiento global (gps).

Un equipo de cómputo portátil de los denominados laptop, notebook, omnibook o similares; una copiadora o impresora portátiles; un quemador y un proyector portátil, con sus accesorios; dos equipos deportivos personales, trofeos o reconocimientos, siempre que puedan ser transportados común y normalmente por el pasajero.

Una caminadora fija y una bicicleta fija; un aparato portátil para el grabado o reproducción del sonido o mixto; o dos de grabación o reproducción de imagen y sonido digital, o un reproductor portátil de discos compactos y un reproductor portátil DVD, así como un juego de bocinas portátiles, y sus accesorios; un juego de herramienta de mano con su estuche, que puede comprender un taladro, pinzas, llaves, dados, desarmadores, cables de corriente, entre otros.

El SAT Subrayó que en caso de trasladar más de 10 mil dólares estadunidenses o su equivalente, deben declararse en la aduana.

Recordó que las personas que vayan a ingresar con su vehículo al país pueden hacer su trámite de importación temporal con anticipación por Internet en banjercito.com.mx, en los Consulados de México en Estados Unidos o en los módulos dispuestos en las aduanas y cancelar el permiso al regresar al extranjero.

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