Blindan equipajes de pasajeros aéreos

Aprueba la Comisión de Transportes de la Cámara de Diputados actualizar indemnizaciones por maletas dañadas o extraviadas.

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La Cámara de Diputados aprobó, entre otras cosas, que cuando el valor del equipaje facturado sea mayor a 200 salarios mínimos, el usuario podrá ser indemnizado por el valor total. (Efe/Foto de contexto)
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Agencias
MÉXICO, D.F.- La Comisión de Transportes de la Cámara de Diputados aprobó reformas y adiciones a la Ley de Aviación Civil para actualizar los montos de cobertura de la indemnización por la destrucción, avería o pérdida de equipaje de mano o facturado de los pasajeros aéreos, informa Notimex.

La iniciativa fue presentada por el diputado panista Carlos Humberto Castaños Valenzuela, quien destacó que en esa situación "se encuentra una laguna legal que perjudica el derecho de los pasajeros".

La primera queja recurrente es que a los equipajes, antes de que sean introducidos a los aviones, les son extraídas piezas de valor y hasta que las maletas llegan a su destino, los dueños se dan cuenta que han sido abiertas, presentan rasgaduras o maltrato, sin que puedan hacer algo, expuso.

Otra situación común que sufren los usuarios es la desaparición del equipaje durante el vuelo, respecto a lo cual los empleados de las aerolíneas se concretan a informar que los artículos perdidos serán recuperados, lo cual no sucede.

Las reformas y adiciones avaladas son a los Artículos 3, 4, 62, 64 y 68 de la Ley de Aviación Civil, y buscan adecuarse a lo que establece el Código Civil Federal, detalló en un comunicado.

Hasta 40 salarios mínimos

Destaca que "es responsabilidad del concesionario tomar todas las precauciones y medidas de seguridad necesarias para proteger el equipaje", para lo cual la indemnización por la destrucción, avería o pérdida de equipaje de mano será hasta por 40 salarios mínimos vigentes.

En el caso de equipaje facturado que custodia la línea aérea y por el que emite un talón, la indemnización será de 200 salarios mínimos; "si el monto establecido en la factura fuere superior a ese techo, el concesionario cubrirá 50 por ciento de la diferencia entre el monto establecido por la ley y el valor de la factura".

Cuando el valor del equipaje facturado sea mayor a 200 salarios mínimos, el usuario podrá ser indemnizado por el valor total, para lo cual antes de abordar el vuelo deberá informar y demostrar fehacientemente que el valor de su equipaje rebasa ese monto.

Para ello deberá exhibir las facturas y documentos de propiedad que lo acrediten; la aerolínea documentará "de forma suficiente" y entregará una constancia de registro con la finalidad de acreditar y proteger ese equipaje.

Otros cambios

La comisión también avaló cambios a preceptos de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, a fin de regular las tarifas de los servicios de paquetería y mensajería, así como en los de arrastre, salvamento y depósito de vehículos.

En esta propuesta presentada por los diputados priistas Williams Oswaldo Ochoa Gallegos y Leobardo Alcalá Padilla, tiene el objetivo de evitar un cobro discrecional que resulte desproporcionado.

Otro dictamen que aprobó la Comisión de Transportes es el que propone modificaciones al Artículo 6 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, promovidas por el diputado priista Francisco Alberto Zepeda González.

En este dictamen se propone condicionar las negociaciones de las prórrogas de las concesiones para construir, operar, explotar, conservar y mantener los caminos y puentes federales, a causas relacionadas con el mismo tramo por el que se otorgó.

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