Las pilas ya no son residuos peligrosos

Modifican las leyes generales para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, así como de Vida Silvestre.

|
Las pilas que contengan litio, níquel, mercurio, cadmio, manganeso, plomo o zinc serán considerados como residuos de manejo especial. (Internet)
Compartir noticia en twitter
Compartir noticia en facebook
Compartir noticia por whatsapp
Compartir noticia por Telegram
Compartir noticia en twitter
Compartir noticia en facebook
Compartir noticia por whatsapp
Compartir noticia por Telegram

Agencias
MÉXICO, D.F.- La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) publicó hoy en el Diario Oficial de la Federación modificaciones a las leyes generales para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, así como de Vida Silvestre, según informó Notimex.

Con las reformas, la ley de residuos indica que tanto la federación como estados y municipios deben coordinar las acciones sobre los programas nacionales para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos de Manejo Especial y de Remediación de Sitios Contaminados.

También incluye como residuos de manejo especial las pilas que contengan litio, níquel, mercurio, cadmio, manganeso, plomo, zinc o cualquier otro elemento que permita la generación de energía, en los niveles que no sean considerados como residuos peligrosos en la Norma Oficial Mexicana correspondiente.

Entre los obligados a la formulación y ejecución de los planes de manejo incluye a los grandes generadores y los productores, importadores, exportadores y distribuidores de pilas y baterías eléctricas que sean considerados como residuos de manejo especial en la Norma Oficial Mexicana correspondiente.

La Semarnat realizará en un plazo no mayor de 180 días a partir de mañana las modificaciones necesarias a la Norma Oficial Mexicana correspondiente y demás disposiciones que considere aplicables a fin de adecuarlas al contenido de este decreto.

La dependencia también publicó la reforma el artículo 62 de la Ley General de Vida Silvestre, que establece que la Semarnat deberá implementar programas para conservar, recuperar, reproducir y reintroducir en su hábitat, de especies y poblaciones prioritarias.

Lo más leído

skeleton





skeleton