Casas de empeño, sólo por urgencia, recomienda Condusef

Sugiere el organismo financiero que el usuario debe comparar al menos tres de esos negocios y hacer consultas.

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De acuerdo a la Condusef, la urgencia de los usuarios es lo que a veces les impide comparar entre casas de empeño. (SIPSE)
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Agencias
GUADALAJARA, Jalisco.- La Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) sugiere acudir a casas de empeño únicamente en caso de urgencia, además de comparar las opciones que existen.

En un comunicado, la dependencia recomendó que en caso de recurrir a ello, el usuario debe comparar al menos tres casas de empeño y consultar tasa de interés, porcentaje del préstamo, cantidad de refrendos, entre otros, informa Notimex.

Añadió que también debe contemplar pagar a tiempo y los posibles intereses moratorios, así como el riesgo de perder la prenda; la tasa de interés varía de acuerdo a los servicios adicionales que llegue a prestar la casa de empeño.

Destacó que la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) cuenta con un buró comercial, donde se podrá consultar si el contrato de adhesión de la casa de empeño está debidamente registrado.

Insistió que al momento de requerir apoyo financiero, se debe tomar en cuenta las diversas opciones que existen ya sea entre bancos (tarjetas de crédito, créditos de nómina, créditos personales), Sofoles, Sofomes, entre otras.

Comentó que la necesidad de disponer de dinero inmediato hace que muchas veces la persona no se detenga a comparar la tasa de interés que puedan cobrarle.

Sin embargo, es necesario darse el tiempo para comparar y elegir la casa de empeño que ofrezca más liquidez por las prendas (un porcentaje mayor del avalúo) a un menor costo (tasa de interés más baja).

Contrato

Cuando una persona acude a una casa de empeño a depositar un bien, es necesario firmar un contrato de prenda, éste es un contrato de adhesión mediante el cual el titular del billete y la casa de empeño se sujetan a las cláusulas que lo integran.

Cabe señalar que la constitución de la prenda es necesaria para garantizar el pago del préstamo, ya que, en caso de que la cantidad otorgada o sus intereses no sean cubiertos oportunamente, la institución podrá absorber la propiedad del bien y subastarlo o venderlo para recuperar el crédito.

Para el desempeño de las prendas se deberá pagar la cantidad prestada, los intereses devengados y los gastos de almacenaje.

Es importante destacar que al igual que ocurre con los créditos que ofrecen los bancos, los préstamos de las casas de empeño tienen un CAT, es decir, un indicador que engloba todos los costos involucrados como son tasa de interés, comisión, avalúo, gastos de almacenaje.

Hay que recordar que existen dos tipos de casas de empeño de acuerdo a su régimen de constitución: Las empresas privadas mercantiles y las Instituciones de Asistencia Privada (son fundaciones y asociaciones sin fines de lucro, como por ejemplo Nacional Monte de Piedad, Montepío Luz Saviñón y la Fundación Rafael Dondé Banco).

La diferencia entre ellas es que las empresas privadas tienden a tener un CAT más alto que las Instituciones de Asistencia Privada. Además, de que pueden existir variantes en el esquema de cobro de intereses por día o mes.

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