Conceden amparo a suegros de Javier Duarte contra investigación

La PGR deberá avisar a un juez antes de consignar una carpeta de investigación donde aparecen como imputados de enriquecimiento ilícito.

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El amparo tiene como finalidad de evitar perjuicios en contra de los suegros del exgobernador de Veracruz, Javier Duarte. (formato7.com)
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Rubén Mosso/Milenio
CIUDAD DE MÉXICO.- Un juez federal de la Ciudad de México concedió una suspensión definitiva a los suegros del ex gobernador de Veracruz, Javier Duarte.

La resolución impide a la Procuraduría General de la República (PGR) consignar una carpeta de investigación donde los familiares del ex mandatario estatal están señalados como imputados.

Milenio tuvo acceso a la resolución dictada por el juez Décimo de Distrito de Amparo en Materia Penal con residencia en la CDMX, en que la que se puntualiza que la PGR reconoció que en una de las dos carpetas de investigación que atrajo, y que fueron iniciadas por la Fiscalía General de Veracruz, no hay elementos que vinculen en algún delito a María Virginia Yazmín Tubilla Letayf y Jesús Antonio Macías Yazegey.

Por esa razón, indica la resolución, la PGR no ha solicitado alguna orden de detención, presentación o localización contra los suegros de Duarte, en la carpeta de investigación FED/SEIDF/UEIDFF-VER/001653/2016.

Sin embargo, el agente del Ministerio Público Federal señaló que en la carpeta FED/SEIDF/UEIDFF-VER/0000691/2016, Tubilla Letayf y Macías Yazegey sí tienen carácter de imputados y ya comparecieron en la investigación que se realiza por el presunto delito de enriquecimiento ilícito.

El juez Patricio Leopoldo Vargas Alarcón concedió la suspensión definitiva para el único efecto de que la PGR continúe con la integración de la carpeta de investigación en la que los suegros de Duarte sí aparecen como imputados, la cual no podrá consignarse sin informar antes al juez que lleva el caso.

Lo anterior –dijo– con la finalidad de evitar perjuicios en contra de los suegros de Duarte, quienes podrían verse afectados en su derecho de defensa en el caso de que la autoridad ministerial determine ejercer acción penal en su contra, "caso en el cual quedaría irreparablemente consumado la violación procesal, al cambiar necesariamente la situación jurídica de los agraviados".

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