Corte vuelve a discutir la eliminación de la prisión preventiva

Tras hora y media de debate, los ministros de la SCJN continuarán analizando el proyecto este jueves.

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Corte vuelve a discutir la eliminación de la prisión preventiva [Foto: Pexels]
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Este martes, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) inició una vez más la discusión sobre la medida cautelar de prisión preventiva oficiosa, la cual consiste en que no se aplique de manera automática sino que se estudie caso por caso y que los jueces determinen si es procedente, por lo que el debate contuinará este jueves.

El ministro Luis María Aguilar Morales presentara a sus pares su nuevo proyecto con el que se intentará acotar esta figura procesal duramente criticada por organismos de derechos humanos, después de que en agosto retirara su primera propuesta al no haber consenso en el pleno.

Para Aguilar Morales, la prisión preventiva oficiosa debe entenderse como una medida no automática y su "carácter oficioso únicamente significa que se trata de una modalidad en la que el juez penal debe abrir el debate para determinar si se justifica la imposición de la prisión preventiva, sin necesidad de que el Ministerio Público hubiera solicitado la medida cautelar".

La presunción de inocencia, la clave

El expresidente de la SCJN considera que si se entendiera que la prisión preventiva oficiosa es automática se rompería con la presunción de inocencia y con los principios fundamentales del sistema penal acusatorio.

"Si se entendiera que la prisión preventiva oficiosa  es automática se rompería con la presunción de inocencia, con el debido proceso legal, con la obligación de los jueces penales de justificar fundada y motivadamente sus resoluciones, se romperían, incluso, con los principios fundamentales del sistema penal acusatorio y con la necesidad de someter a control judicial previo este tipo de medidas".

El expresidente de la SCJN plantea invalidar los artículos 167, párrafo séptimo, del Código Nacional de Procedimientos Penales, 5, fracción XIII, de la Ley de Seguridad Nacional, así como 2º, párrafo primero, fracciones VIII, VIII Bis y VIII Ter, de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada.

Y deja a los operadores jurídicos (jueces, magistrados) competentes decidir y resolver que caso amerita la medida cautelar de privación de la libertad en un procesado.

Asimismo, ante la nueva propuesta que se llevará a cabo este jueves; ministros piden que lo que determine la prisión preventiva oficiosa en ciertos delitos, debe apreciarse bajo el principio de interpretación más favorable, siendo específicos; ya que el juez de control podrá imponer dicha medida bajo principios y reglas de la prisión preventiva justificada.

Por lo tanto, Pérez Dayán indicó lo siguiente:

“No existen elementos para mí que permitan inferir que este es el alcance que el constituyente ha querido darle a la prisión preventiva oficiosa, esto me llevaría entonces a concluir que su texto dice lo que no dice o quiere lo que no quiere, pienso que no es así”, explicó.

Hasta el momento, falta escuchar la contraparte de Margarita Ríos Farjat, Loretta Ortiz Alhf, Norma Lucía Piña Hernández,  Arturo Zaldívar, Javier Laynez Potisek y Alfredo Ortiz Mena.

 

(Con información de El Universal)

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