Deficiente, el sistema penal mexicano

Un foro de derechos humanos señala que más del 90% de las detenciones se realizan sin una orden judicial.

|
Aseguran que la prisión preventiva es una medida extrajudicial. (Notimex)
Compartir noticia en twitter
Compartir noticia en facebook
Compartir noticia por whatsapp
Compartir noticia por Telegram
Compartir noticia en twitter
Compartir noticia en facebook
Compartir noticia por whatsapp
Compartir noticia por Telegram

Agencias
MÉXICO, D.F.- En 90 por ciento de las detenciones en México no se presentan órdenes judiciales y en 70 por ciento de ellas no se informa a los detenidos que tienen el derecho de guardar silencio, concluyó el "Foro Internacional Los Derechos Humanos: condición fundamental en el Sistema Penal Acusatorio".

En el referido foro, organizado por la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal (CDHDF), el abogado de la asociación Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos, Octavio Amezcua, aseguró que entre ocho y nueve de cada 10 detenciones en el país se realizan en flagrancia, según publica Notimex.

El litigante mencionó que a más de 90 por ciento de las y los detenidos en México no se les presenta orden judicial alguna y sólo en tres de cada 10 casos se comunica a la persona la razón de su arresto y a siete de cada 10 no le informan su derecho a guardar silencio.

Además, dijo mediante un comunicado de la CDHDF, aproximadamente 50 por ciento de los detenidos rinde su declaración sin asistencia legal, por lo que, resumió, la "serie de carencias y de omisiones del sistema de justicia son un caldo de cultivo para abusos, como es la fabricación de pruebas por las autoridades ministeriales".

A su vez, el investigador del Instituto Tecnológico Autónomo de México (ITAM), Miguel Sarre Iguíniz, aseveró que en los países latinoamericanos la pena se lleva a cabo de una manera extrajudicial.

De esta forma, agregó, "el componente mayor de la privación de la libertad no es lo mandatado por el juez, sino son todos esos elementos del derecho penal subterráneo que hacen de la prisión preventiva una medida materialmente extrajudicial".

Lo anterior, añadió, "porque el juez nunca ordenó que hubiese hacinamiento, que hubiese privación de alimentos y nunca ordenó una serie de elementos que son el componente real más importante de la pena, mucho más oneroso que la sola pérdida de la libertad".

Sarre Iguíniz manifestó que cualquier nueva legislación tiene que plantear las vías procesales, los recursos jurisdiccionales específicos para hacer valer los derechos que se tienen en reclusión, además para que la ejecución de la prisión preventiva y de la pena no tenga elementos de ejecución extrajudicial.

Lo más leído

skeleton





skeleton