Diputados aprueban correcciones de EPN a 'Ley 3de3'

Aprobaron modificaciones a 10 artículos, relativos a la obligación de particulares a presentar declaraciones.

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La Cámara de Diputados envió el dictamen de la 'Ley 3de3' al Poder Ejecutivo para efectos constitucionales. (Notimex)
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Agencias
CIUDAD DE MÉXICO.- La Cámara de Diputados aprobó por 346 votos a favor y 82 en contra las correcciones que hizo el Ejecutivo federal a la “Ley 3de3”, que se encuentra dentro de la Ley General de Responsabilidades Administrativas.

Durante la sesión del segundo periodo extraordinario de sesiones, el pleno avaló las observaciones hechas a los artículos 3, 4, 27, 30, 32, 33, 37, 46, 73 y 81, al considerar que la obligación impuesta a los particulares para presentar su declaración fiscal, patrimonial y de intereses resulta innecesaria.

El documento avalado forma parte de las reformas legales del Sistema Nacional Anticorrupción, aprobado en lo particular ya que ninguna de las reservas presentadas fueron aceptadas, por lo cual se turnó al Ejecutivo para sus efectos Constitucionales, informa Notimex.

Antes de que iniciará la discusión del dictamen el diputado de Morena, Juan Romero Tenorio, presento una propuesta de moción suspensiva para que se regresara el documento a comisiones con el fin de discutirlo más a fondo, sin embargo, fue rechazada por el pleno.

Luego subió a la tribuna el presidente de la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, Rogerio Castro Vázquez, para informar a la asamblea en qué consistían las modificaciones hechas por la Colegisladora y dar cuenta del contenido del dictamen elaborado por esta instancia legislativa.

Estableció que la corrupción destruye a la nación, es una red de cómplices que incluyen partidos políticos, poderes públicos y empresarios. “No hay corrupción si no existe el corrupto y el corruptor”, alertó.

Indicó que en el dictamen se elimina la obligación de las personas físicas y morales de presentar declaraciones de situación patrimonial e intereses, mismas que sí se incluían en el pasado dictamen aprobado por el Congreso de la Unión.

Externó que las modificaciones que se observan por el Ejecutivo fueron en el Artículo 3. y 4, donde se omite a la persona física o moral como sujeto obligado a presentar sus declaraciones patrimonial, de intereses y fiscal.

Verificación aleatoria

Asimismo, agregó, en el 27 se elimina a los particulares de inscribir sus datos públicos en el sistema de evaluación patrimonial, de declaración de intereses y de constancias de presentación de la declaración fiscal de la plataforma digital nacional.

También, continuó, en el Artículo 30 se excluye a los privados la posibilidad de que las secretarías y los órganos internos de control realicen una verificación aleatoria de las declaraciones mencionadas.

Hizo notar que en el Artículo 32 se señala la obligación exclusiva de los servidores públicos a presentar las declaraciones de situación patrimonial e intereses. En el Artículo 33 excluye los plazos parta la presentación de la declaración inicial de modificación patrimonial para los particulares.

En el Artículo 37 se prescinde a los particulares que en razón de los recursos recibidos o contratados, celebrados por un ente público, de que las secretarías y los órganos de control soliciten la aclaración de su situación patrimonial.

Mencionó que el Artículo 46 señala a los servidores públicos como los únicos obligados a presentar declaración de intereses y patrimonial. Se excluye en el Artículo 73 como falta de particulares en situación especial la omisión de presentar declaraciones patrimonial y de intereses. Y por último, en el Artículo 81 se elimina la posibilidad de imponer sanciones a una persona moral.

Modelo de vanguardia

El priista Jorge Enrique Dávila Flores, afirmó que “el Sistema Nacional Anticorrupción es de los ciudadanos y para los ciudadanos. Como legisladores hemos sido capaces de crear un modelo de vanguardia que nos permitirá transitar hacia un estado más transparente, responsable y honesto”.

Con la aprobación del SNA, abundó, logramos establecer el andamiaje jurídico necesario para contar con mecanismos efectivos de coordinación entre autoridades encargadas de prevenir, investigar y sancionar hechos de corrupción.

Aclaró que la aprobación de las observaciones que hizo el Presidente a la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos, en materia de combate a la corrupción, no exime a los empresarios de las obligaciones de transparencia, ni las que señala el Sistema Nacional Anticorrupción.

Más alcance

La diputada del Partido Verde, Sharon María Teresa Cuenca Ayala, estableció que atendiendo al derecho constitucional de veto del presidente Enrique Peña Nieto, quien está comprometido con el combate frontal contra la corrupción y con el fortalecimiento de la legalidad, transparencia y rendición de cuentas, es que ejerce este derecho, esta facultad que le permite participar en el procedimiento legislativo a través de las observaciones precisas que ha presentado.

Señaló que esta figura jurídica, que es considerada como el principal contrapeso político entre el Ejecutivo y el Legislativo es fundamental, porque establece los controles y equilibrios en nuestro sistema político mexicano.

“También es importante precisar que se establece que los empresarios deberán manifestar posibles conflicto de interés en los negocios de que sean parte con el Gobierno”.

No reduzcamos esta ley solamente a la presentación de tres declaraciones, porque esta ley tiene mucho más alcance, aseveró.

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