Entregan al Senado propuesta de reformas a Ley de Víctimas

El documento fue llevado a la Cámara Alta por Javier Sicilia, María Elena Morera y Alejandro Martí; ya fue turnado a comisiones.

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Sicilia durante el acto de entrega de la propuesta. (Notimex)
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Agencias
MÉXICO, D.F.- El Senado de la República turnó a las comisiones de Gobernación, Justicia y Estudios Legislativos la iniciativa de reformas a la Ley General de Víctimas consensada por diversas organizaciones civiles y que es avalada por las bancadas del PRI, PRD, PVEM y PT.

Durante la sesión ordinaria de este martes, el presidente de la Mesa Directiva, José Rosas Aispuro, realizó dicho tramité con lo que se espera que en breve se dictaminen los cambios a la Ley General de Víctimas.

Cabe destacar que entre las reformas a dicha ley se propone agregar el concepto de "víctimas directas", que se definen como personas físicas y que sufren daño o menoscabo de manera inmediata.

Asimismo se establecen claramente los entes que determinarán los montos y términos para las compensaciones a víctimas y sus familiares, además de que acotan los supuestos de la obligación subsidiaria del Estado.

Previamente y en rueda de prensa los dirigentes de los movimientos SOS, Alejandro Martí; Causa en Común, María Elena Morera; del Movimiento por la Paz con Justicia y Dignidad, y Javier Sicilia, entregaron la iniciativa de reformas a senadores del PRI, PRD, PVEM y PT.

Javier Sicilia pidió un minuto de silencio para los ausentes en este acto es decir para las víctimas de la violencia en el país.

Rechazó que esta ley sea producto de la improvisación y mencionó que quien diga eso sufre un gran "Alzheimer social" porque la ley y las reformas son fruto de las marchas y del dolor de muchas familias por el accionar de la delincuencia organizada y por la negligencia del estado mexicano.

¿Qué plantea la reforma?

  • Garantizar que las medidas de ayuda provisional se brinden durante el tiempo que se requiera, para que la víctima supere las condiciones de necesidad inmediata.
  • Apoyo para gastos funerarios, especifica que este apoyo es para las víctimas indirectas cuando la muerte de la víctima directa haya sido por homicidio.
  • Reconocimiento a la personalidad jurídica de las víctimas de desaparición forzada de personas, al igual que el procedimiento para conocer y resolver de las acciones judiciales de declaración especial de ausencia por desaparición forzada.
  • Que las víctimas indirectas (personas allegadas a los afectados directos) ejerzan de manera expedita los derechos patrimoniales y familiares del ausente para salvaguardar los intereses esenciales del núcleo familiar.
  • Estipula el resarcimiento de los perjuicios ocasionados o lucro cesante, incluyendo pago de salarios o percepciones correspondientes, cuando por lesiones se cause incapacidad para trabajar en oficio, arte o profesión.
  • El pago de los tratamientos médicos o terapéuticos que sean necesarios para la recuperación de la salud síquica y física de la víctima, siempre que hayan sido a consecuencia del delito o de la violación a los derechos humanos.
  • De igual manera plantea el pago de gastos comprobables de transporte, alojamiento, comunicación o alimentación que le ocasione trasladarse al lugar del juicio o para asistir a su tratamiento, si la víctima reside en municipio o delegación distintos al del enjuiciamiento o donde reciba la atención.
  • Todas las víctimas de violaciones a sus garantías individuales serán compensadas en los montos y términos que determine un órgano jurisdiccional nacional, uno internacional o reconocido por los tratados internacionales ratificados por México.
  • Que la víctima o sus familiares tendrán derecho a recibir becas completas de estudio en instituciones públicas, por lo menos hasta la educación media superior para sí o los dependientes que lo requieran.

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