Evade Suprema Corte resolver, por ahora, sobre estancias infantiles

Por improcedente, la Suprema Corte desechó una controversia constitucional interpuesta por el Municipio de Hidalgo del Parral, Chihuahua.

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Foto: Reforma
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Víctor Fuentes                                    

Agencia Reforma

Ciudad de México.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desechó hoy, por improcedente, la única controversia constitucional que impugnó la desaparición del programa Estancias Infantiles, ordenada por el actual Gobierno.

Por cuatro votos contra uno, la Primera Sala de la Corte resolvió que el Municipio Hidalgo del Parral, Chihuahua, no estaba legitimado para promover una controversia de este tipo para defender derechos de sus residentes.

Lo anterior, porque las controversias solo sirven para que los órganos de Gobierno defiendan su ámbito de competencias, mientras que los ciudadanos cuentan con el juicio de amparo.

Con este fallo, la Corte no hace por ahora ningún pronunciamiento sobre la Constitucionalidad de la desaparición del programa, que fue reemplazado por un pago directo del Gobierno a padres de familia.

La Corte aún tiene pendiente resolver si atrae la revisión final de algunos de los cientos de amparos que estancias y padres de todo el País han promovido por este tema, atracción que fue solicitada a finales de agosto por el Consejero Jurídico del Ejecutivo, Julio Scherer.

Varios jueces de Distrito han concedido amparos argumentando que la supresión del programa violó derechos de la infancia, pero estas sentencias solo tendrán efectos si son confirmadas por la Corte, o en su defecto, por tribunales colegiados de circuito.

En la controversia de Hidalgo del Parral, el Ministro Juan Luis González Alcántara había propuesto una sentencia declarando la validez de la desaparición del programa.

Pero durante la sesión de hoy de la Sala, la mayoría de Ministros coincidió en que las razones que daba el proyecto en realidad justificaban el sobreseimiento de la controversia, es decir, su desechamiento sin pronunciarse sobre los argumentos de fondo del municipio. La Ministra Norma Piña fue la única disidente.

De manera sorpresiva, el 13 de septiembre González Alcántara emitió un dictamen para sacar el caso del Pleno de la Corte y llevarlo a la Sala. Hidalgo del Parral promovió un recurso de reclamación por el envío del expediente a la Sala, que no alcanzó a ser resuelto.

El municipio impugnaba dos actos distintos. La reducción inicial de presupuesto al Programa Estancias Infantiles, y su posterior desaparición y reemplazo en marzo por el programa Apoyo para el Bienestar de las Niñas y Niños de Madres Trabajadoras, por el cual el Gobierno entrega mil 600 pesos bimestrales a los padres, quienes no tienen obligación de comprobar en qué gastan el dinero.

Hidalgo del Parral alegaba que hubo vicios en la emisión de las Reglas de Operación del nuevo programa, que se dejó sin recursos al municipio para ejercer sus funciones en materia de estancias, y ofreció el testimonio del titular de la CNDH, Luis Raúl González Pérez, mismo que fue rechazado por González Alcántara.

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