Entra en vigor el Sistema Anticorrupción en México
La reforma modificó la categoría de los “delitos cometidos por servidores públicos” a “delitos de corrupción”.
Agencia
México.- El Sistema Nacional Anticorrupción inició ayer formalmente sus labores, un año después de que se promulgó su ley general y las leyes secundarias que lo acompañarán, pero con faltantes.
De acuerdo Milenio, el más notorio es el nombramiento del fiscal especial anticorrupción de la PGR, cuyo proceso quedó atorado en el Senado con el argumento de que es necesario crear primero la Fiscalía General para poder garantizarle la independencia necesaria a su titular.
La falta del fiscal ocasiona que no entren en vigor las reformas anticorrupción del Código Penal que están condicionadas a dicho nombramiento, de acuerdo con uno de sus artículos transitorios que establece que el endurecimiento de las sanciones penales a servidores públicos y, sobre todo, a los elegidos con el voto popular, así como los nuevos delitos de corrupción —moches, prestanombres y conductas ilícitas de empresas para ser beneficiados con adjudicaciones— solo cobrarán vigencia hasta que se elija al fiscal.
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La reforma modificó la categoría de los “delitos cometidos por servidores públicos” a “delitos de corrupción”, con lo que podrá aplicarse el principio de máxima transparencia aunque formen parte de investigaciones en curso, pero eso solo será posible también hasta que se designe al fiscal.
Además quedaron pendientes de ser designados en el Senado los 18 magistrados que conformarán las diferentes salas del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, recién creado, que será el responsable de aplicar las sanciones.
Siguen pendientes de entrar en vigor la totalidad de los sistemas locales anticorrupción, pues los procesos de reforma constitucional y sus leyes solo se concretaron satisfactoriamente en 17 entidades, según el reporte del Semáforo Anticorrupción elaborado por Transparencia Mexicana, Coparmex y el Instituto Mexicano para la Competitividad.
En ese sentido, detalló que tres entidades, a pesar de contar con una reforma satisfactoria, la ley en la materia es regular; mientras, en cuatro estados tanto la reforma como la ley son regulares.
El Semáforo Anticorrupción añadió que hay cuatro entidades donde la reforma es regular, pero la ley es satisfactoria.
Otro caso es el de Tlaxcala, donde la reforma es satisfactoria, pero las leyes reglamentarias son apenas una iniciativa.
En Baja California hay una reforma deficiente con una ley regular, mientras que en Veracruz hay una reforma satisfactoria, pero sin ley secundaria.
Finalmente, Chihuahua tiene una iniciativa de reforma satisfactoria, pero sin ley secundaria.
Desde ayer, ningún servidor público de ningún nivel de gobierno puede recibir regalos o dádivas de ningún monto con motivo de sus funciones de manera directa o a través de terceros, como su cónyuge, familiares o conocidos con los que tenga relaciones profesionales, laborales o de negocios.
Quienes incumplan, cometerán una falta administrativa grave, que podrá ser castigada con la suspensión o destitución del empleo, sanción económica o la inhabilitación, mientras que quien lo ofrece —si se trata de un particular—, también podrá ser acusado de cohecho.
Así lo establece la nueva Ley General de Responsabilidades Administrativas, que entró en vigor ayer, como parte del Sistema Nacional Anticorrupción.
Como parte de la entrada en vigor del Sistema Nacional Anticorrupción, las facultades de la SFP también se ampliaron.
Catorce áreas podrán realizar las indagatorias necesarias para prevenir, detectar y disuadir faltas administrativas y hechos de corrupción.