Podrían extranjeros comprar playas mexicanas

La Cámara de Diputados autoriza a ciudadanos de otra nacionalidad la adquisición de terrenos en las fronteras y playas del país.

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El proyecto fue aprobado con 365 votos a favor. (Notimex)
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Agencias
MÉXICO, D.F.- El pleno de la Cámara de Diputados aprobó la reforma al artículo 27 constitucional para autorizar a los ciudadanos extranjeros la adquisición de terrenos para vivienda y sin fines comerciales en las fronteras y playas mexicanas.

El texto actualmente vigente en la Constitución Política prohíbe a los ciudadanos de otros países adquirir predios en una franja de 100 kilómetros a lo largo de las fronteras y de 50 kilómetros junto a los litorales del país, según publica Notimex.

La iniciativa fue presentada por los diputados Manlio Fabio Beltrones y Gloria Elizabeth Núñez, del PRI, y Raúl Paz Alonzo, del PAN, pero finalmente suscrita por 188 legisladores de diversas fracciones parlamentarias.

El proyecto, aprobado con 356 votos a favor, fue turnado al Senado de la República para su análisis y eventual ratificación.

Al fijar el posicionamiento del PAN sobre el dictamen de la Comisión de Puntos Constitucionales, el legislador yucateco Raúl Paz Alonzo subrayó que la enmienda constitucional no pretende beneficiar a los extranjeros, sino terminar con la simulación en la propiedad inmobiliaria.

“La aprobación de este dictamen no pretende beneficiar a determinado sector de la población o a país alguno, lo que se busca con la reforma al artículo 27 constitucional es terminar con la simulación que hoy existe y que permite que los extranjeros adquieran propiedades en la zona restringida a partir de la celebración de fideicomisos, sociedades anónimas u otras artimañas legales”, puntualizó.

Según el legislador priista Héctor Gutiérrez de la Garza, durante los últimos doce años se registraron 60 mil fideicomisos, que a su juicio representan “60 mil simulaciones que lo que estamos haciendo es evitarlas”.

Las fracciones del PRD, Movimiento Ciudadano y PT votaron contra la reforma constitucional, por considerar que hoy subsisten las razones históricas de la prohibición del dominio extranjero sobre propiedades en litorales y fronteras.

La adición al artículo 27 constitucional establece que, “en una faja de cien kilómetros a lo largo de las fronteras y de cincuenta en las playas, los extranjeros por ningún motivo podrán adquirir el dominio directo sobre las aguas, en el caso de las tierras, podrán adquirirlas cuando sean exclusivamente para uso de vivienda sin fines comerciales”.

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