Por ley, prohíben ingreso con armas a cámaras de Senadores y Diputados

La disposición no aplica cuando por “causa grave” el presidente de la Mesa Directiva ordene la acción de la fuerza pública.

|
En la Cámara alta se aprobó la reforma que prohíbe a cualquier persona entrar armada a los recintos del Senado y la Cámara de Diputados. (Archuio/Notimex)
Compartir noticia en twitter
Compartir noticia en facebook
Compartir noticia por whatsapp
Compartir noticia por Telegram
Compartir noticia en twitter
Compartir noticia en facebook
Compartir noticia por whatsapp
Compartir noticia por Telegram

Angélica Mercado y Omar Brito/Milenio
MÉXICO, D.F.- Por unanimidad, el Senado aprobó ayer reformas para adicionar a la Ley Orgánica del Congreso de la Unión la prohibición a cualquier persona para entrar con armas a los recintos del Senado y la Cámara de Diputados, excepto cuando por “causa grave” el presidente de la Mesa Directiva ordene la acción de la fuerza pública.

Aunque la disposición ya estaba prevista en el reglamento interno, los legisladores decidieron elevarla a nivel de Ley, al considerar que es una medida preventiva para evitar alguna alteración al orden y a la soberanía de ambas cámaras.

De acuerdo con el argumento del Senado, en el Legislativo “no necesariamente se dejan de sufrir discusiones acaloradas, arrebatos o desatamiento de pasiones, puesto que la política, las cuestiones de gobierno y los debates ideológicos así lo exigen”.

A unas horas de que acuda al Senado el presidente Enrique Peña Nieto, acompañado de su Estado Mayor Presidencial que tomará control del recinto de Xicoténcatl 9, los senadores reconocieron la necesidad de garantizar y salvaguardar en todo momento la soberanía y la seguridad de ambos recintos parlamentarios. (El Mandatario encabezará este jueves en el Senado la ceremonia donde el empresario Alberto Bailleres González recibirá la medalla Belisario Domínguez).

El proyecto adiciona un párrafo tercero al artículo 12 de la Ley Orgánica del Congreso General, para determinar que, “queda estrictamente prohibido el ingreso de cualquier persona armada a los salones de sesiones de las Cámaras, salvo que medie causa grave que lo amerite, se trate de fuerza pública y lo haya ordenado el Presidente del Congreso, de la Cámara respectiva, o de la Comisión Permanente, según corresponda”.

En las consideraciones del documento, se destaca la necesidad de garantizar y salvaguardar en todo momento la soberanía y la seguridad de ambos recintos parlamentarios.

Se hace énfasis en que es necesario que el principio de la paz impere en todo momento en los recintos legislativos, pues éstos deben de ser el ejemplo del buen comportamiento y entendimiento a través del diálogo y los acuerdos, sin la necesidad que impere la violencia.

De acuerdo a los senadores, los debates pueden ser en algunas ocasiones ríspidos y tensos, llegar a ocasionar discrepancias entre los integrantes de las cámaras y que esto puede alterar de manera violenta el desarrollo de las sesiones en el Pleno.

“Un aspecto que debe, sobre todo, prevalecer dentro de los legisladores es el don de la tolerancia y respeto, por lo que no resulta viable que porten armas, si se deben de manejar en un ambiente de cordialidad dentro y fuera del recinto legislativo, puesto que éste uno de los lugares más importantes y de mayor trascendencia de nuestro país debe permanecer exento de todo momento de violencia”.

Lo más leído

skeleton





skeleton