Proponen cárcel a quien difunda material sexual de menores

Comisión de la Cámara de Diputados establece el "Derecho a la Navegación Segura en Internet". Padres, corresponsables.

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El sexting se ha vuelto una practica común entre los adolescentes, que tienen acceso a las redes. (Internet)
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Agencias
MÉXICO, D.F.- La Comisión de Derechos de la Niñez de la Cámara de Diputados propuso establecer sanciones de uno a cinco años de cárcel a quien difunda material sexual o erótico de menores de edad a través de medios electrónicos.

Asimismo, aprobó establecer la obligación de madres, padres y de toda personas que cuide a menores, de supervisar los contenidos de la información a la que acceden a través de Internet, según publica Notimex.

De acuerdo con este dictamen, dichas personas deberán utilizar los mecanismos de seguridad de ese sistema de información, así como tener conocimiento del uso que le dan a los diferentes servicios en la red, sin que se considere invasión a su privacidad.

Asimismo deben orientar a los menores sobre el uso de contenidos, de manera especial de los que hagan apología o inciten a la violencia, la guerra, la comisión de hechos punibles, el racismo, la desigualdad entre hombre y mujer, la xenofobia, la intolerancia religiosa y cualquier otro tipo de discriminación.

La esclavitud, la servidumbre, la explotación de las personas, el uso y consumo de cigarrillos y derivados del tabaco, bebidas alcohólicas y los contenidos pornográficos, son temas sobre los que deberán orientar a niños, niñas y adolescentes, quienes los cuidan, expuso.

El dictamen, surgido de una iniciativa presentada por la diputada Magdalena Núñez Monreal, del Partido del Trabajo (PT), adiciona el inciso C al Artículo 11 y un Capítulo V Bis, denominado "Del Derecho a la Navegación Segura en Internet".

Nueve de cada 10 menores de entre ocho y 16 años de edad han visto pornografía en la red

El documento aprobado en Comisiones también establece que las nuevas tecnologías son una fuente de información para la comisión de delitos graves como la trata, el secuestro y la extorsión, que sí es de alto impacto social en los adultos, el asunto se sobredimensiona para la infancia.

Señala que Internet permite que un niño pueda acceder a páginas con cualquier tipo de temática y mencionó que nueve de cada 10 menores de entre ocho y 16 años de edad han visto pornografía en la red.

Según datos de publicaciones especializadas, las y los niños mexicanos utilizan medios digitales al menos durante 14 horas a la semana, de las cuales tres destinan a mensajería, dos a redes sociales y una hora para consultar su correo electrónico.

Sobre el tema de la seguridad en los espacios digitales, señaló que seis de cada 10 padres de familia afirmaron que sus hijos sólo navegan en Internet supervisados por un adulto y uno de cada 10 dijo que el uso de la red estaba restringido a ciertas páginas para sus hijos.

Plantean castigar con prisión el 'sexting'

Por otro lado, la citada Comisión cameral también se pronunció a favor de establecer sanciones de uno a cinco años de prisión a quien difunda cualquier material sexual o erótico de menores de edad a través de medios electrónicos, el llamado "sexting".

La Mesa Directiva de la Cámara de Diputados envió en abril pasado a la Comisión de Justicia para su dictamen, con opinión de la Comisión de Derechos de la Niñez, una iniciativa que reforma el artículo 200 del Código Penal Federal, presentada por la diputada priísta Marina Garay Cabada.

La legisladora señaló que debido al creciente desarrollo tecnológico, "el sexting" se ha vuelto una tendencia más común entre los jóvenes y adolescentes en el país, que cuentan con mayor acceso a Internet.

Asimismo, agregó, esa práctica la realizan adolescentes que se autorretratan o graban de forma sexual o erótica, para luego enviar el material a sus parejas o amigos a través de medios electrónicos.

El problema, indicó la diputada en su iniciativa, se asocia con la baja protección de información personal en medios electrónicos, principalmente en adolescentes y problemas derivados del mal uso de la tecnología.

Según datos de Alianza por la Seguridad del Internet (ASI), el ocho por ciento de los jóvenes de primaria y secundaria reconocieron que alguna vez practicaron el "sexting", mientras que el 36.7 por ciento dijo conocer personas que tenían fotografías de ese tipo en su celular.

Los adolescentes se autorretratan o graban de forma sexual o erótica, para luego enviarlo a sus parejas o amigos

La Comisión de Derechos de la Niñez coincidió con la necesidad y urgencia de actualizar el Código Penal Federal, a fin de actuar las disposiciones del orden jurídico a las exigencias del avance tecnológico y condición social actual del país.

México carece de un marco jurídico para combatir penalmente a quien comercie, distribuya, exponga, haga circular u oferte imágenes a menores de 18 años de edad en libros, escritos, grabaciones, filmes, fotografías, anuncios impresos, imágenes u objetos de carácter pornográfico, reales o simulados, sea de manera física o a través de un sistema informático o cualquier otro, puntualizó.

Resalta el riesgo de que los menores puedan tener acceso a páginas de contenido para los adultos con material sexual explícito, así como juegos, apuestas, escenas de violencia, consumo de drogas y alcohol, entre otras.

También existe el riesgo de eventuales comunicaciones con personas desconocidas que pueden engañar, seducir, abusar e inclusive desarrollar acciones ilícitas contra los menores, solicitando información personal y de la familia, lo que aumenta el peligro de ser víctimas de pederastia o de trata.

El documento refiere que el Artículo Cuarto de la Constitución establece el "interés superior de la niñez", quienes tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento para su desarrollo integral.

En ese contexto, plantea las adiciones a la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.

La propuesta señala que los menores deberán contar con información adecuada, acorde con su desarrollo integral y a la salud, para el uso o la compra de juegos computarizados, electrónicos o multimedia, especialmente de Internet.

Asimismo reconoce el derecho de los menores a recibir, buscar y utilizar información acorde con su desarrollo integral por medio de salas de juegos computarizados, electrónicos o multimedia y de servicios de Internet.

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