¿Qué cambios habrá con la reforma del DF?

Con la promulgación de la reforma política la Ciudad de México adquiere atribuciones como el resto de las entidades federativas.

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La capital del país deja de ser Distrito Federal y ahora se le conocerá como Ciudad de México. (Archivo/Notimex)
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Alejandro Domínguez/Milenio
MÉXICO, D.F.- En el pasado periodo ordinario de sesiones el Congreso de la Unión aprobó la reforma política del Distrito Federal con la que se modificaron 54 artículos de la Constitución y se derogaron dos, para que la Ciudad de México tenga atribuciones como lo tienen los 31 estados de la República, garantizando su carácter de capital del país y sede de los Poderes de la Unión.

Después de su aprobación en el Congreso pasó a los congresos estatales donde obtuvo el respaldo necesario para que la Comisión Permanente del Congreso declarara su constitucionalidad este 2016.

Una vez promulgada se publicará en el Diario Oficial de la Federación y en 15 días en el Consejo General del Instituto Nacional Electoral deberá emitir la convocatoria para la elección de los diputados que redactarán la constitución de la Ciudad de México.

Pero, ¿qué cambia con esta reforma?

  • La capital del país deja de ser Distrito Federal y ahora se le conocerá como Ciudad de México.
  • La Ciudad de México será ahora una entidad federativa con autonomía propia para que pueda hacer su propia Constitución.
  • Los titulares e integrantes de los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial de la Ciudad de México tendrán las mismas responsabilidades que los titulares e integrantes de los tres poderes en los estados.
  • El Senado ya no podrá remover al jefe de Gobierno.
  • El jefe de Gobierno podrá designar o quitar al servidor al secretario de Seguridad Pública y al procurador de la Ciudad. Antes necesitaba el visto bueno del Presidente de la República.
  • El Presidente conservará el mando de la fuerza de la capital, pero el jefe de Gobierno nombrará directamente al secretario de Seguridad Pública.
  • El Presidente de la República ya no podrá indultar a los reos sentenciados por delitos del orden común en la Ciudad de México, ahora solo el jefe de Gobierno lo podrá hacer.
  • El jefe de Gobierno será el encargado de enviar un proyecto de Constitución que podrá ser modificado por los integrantes de la asamblea constituyente.
  • Las 16 delegaciones se transformarán en alcaldías y contarán con un alcalde y concejales para la toma de decisiones presupuestales y de ejecución del gasto.
  • Los alcaldes serán electos por voto universal libre, secreto y directo, para un periodo de tres años.
  • Las facultades de los concejales, sus obligaciones y los requisitos de elección se establecerán en la Constitución de la Ciudad de México.
  • El Congreso de la Unión deberá asignar un bono de capitalidad, para que la federación comparta con la Ciudad los costos que representa ser la ciudad capital, sede de los poderes de la unión.
  • Las alcaldías deberán contar con más presupuesto al incorporar concejales.
  • La Ciudad requerirá más recursos para los honorarios de los integrantes de la asamblea constituyente que cobren un sueldo (no todos cobrarán).
  • Los inmuebles federales ubicados en la Ciudad de México seguirán exentos del pago del impuesto predial.
  • La deuda pública de la Ciudad se mantendrá igual, es decir, el titular del Ejecutivo federal será quien informe al Congreso de la Unión sobre el ejercicio de los recursos de deuda para la Ciudad.
  • El gobierno federal seguirá manteniendo su responsabilidad en materia de educación y salud.

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