SEP publica reglas para becas en 2015

La dependencia publicó el acuerdo sobre las becas a alumnos de educación básica, media superior y superior en el Diario Oficial de la Federación.

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La SEP emitió las reglas de operación del Programa Nacional de Becas 2015 en el Diario Oficial de la Federación. (Archivo/Notimex)
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Agencias
MÉXICO, D.F.- A fin de asegurar mayor cobertura, inclusión y equidad educativa, mediante el otorgamiento de apoyos para el acceso, permanencia y egreso de la población estudiantil, la SEP emitió las reglas de operación del Programa Nacional de Becas 2015.

La dependencia indicó en un acuerdo difundido en el Diario Oficial de la Federación (DOF) que el otorgamiento de becas a alumnos de educación básica, media superior y superior aplica en las 32 entidades del país.

Aclaró que el Programa contempla estudiantes recién egresados/as, personal académico y profesores investigadores de instituciones del sistema educativo nacional de todos los tipos educativos dirigidas, sin distinción de género, condición física, social, cultural o étnica, según publica Notimex.

El acuerdo detalla los requisitos que deben cumplir los aspirantes para ser seleccionados, e indica que a fin de garantizar la transparencia, imparcialidad, objetividad e igualdad de oportunidades en la asignación de becas, las instancias ejecutoras cuentan con Comités de Becas o su equivalente.

Precisa que las instancias ejecutoras publicarán las convocatorias para la asignación de becas en la página electrónica del portal www.becas.sep.gob.mx y en los medios físicos o electrónicos a los cuales tenga acceso, en su portal de Internet o cualquier otro medio.

El ordenamiento de la Secretaría de Educación Pública (SEP), que entrará en vigor el 1 de enero del próximo año, precisa que el monto de la beca se cubrirá mediante los mecanismos y en las fechas establecidas en la convocatoria o en la publicación de resultados.

Las quejas y denuncias de la ciudadanía podrán presentarse de manera personal, escrita, telefónica y por internet o directamente en las oficinas de cada una de las instancias ejecutoras, y tener respuesta en un máximo de 30 días naturales posteriores a su presentación.

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