Regulará NOM alumbrado público en vialidades

La Secretaría de Energía publica una norma que pretende lograr una mayor eficiencia en el uso de los recursos en todo el país

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Se espera que la nueva formar de alumbrar públicamente se haga de una manera más profesional. (generaciondeenergia.com/Archivo)
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Agencias
MÉXICO, D.F.- La Secretaría de Energía (Sener) publicó la Norma Oficial Mexicana NOM-013-ENER-2013, sobre eficiencia energética para sistemas de alumbrado en vialidades.

De acuerdo con Notimex, en el Diario Oficial de la Federación la dependencia explica que esta normatividad busca establecer niveles de eficiencia energética en términos de valores máximos de Densidad de Potencia Eléctrica para Alumbrado (DPEA).

Asimismo, pretende establecer la iluminancia promedio para alumbrado en vialidades en las diferentes aplicaciones para que sean diseñadas o construidas bajo un criterio de uso eficiente de la energía eléctrica, mediante la optimización de equipos y tecnologías que aumenten la eficacia sin detrimento de las necesidades visuales.

Señala que el campo de aplicación de esta NOM prevé todos los sistemas nuevos de iluminación para vialidades y estacionamientos públicos abiertos, cerrados o techados.

Caso Mérida

Esta modificación nacional desarrollada por la Sener contrasta con la situación que se vive en muchos puntos de la ciudad de Mérida, Yucatán, donde al anochecer imperan las tinieblas dado que las calles se quedaron sin miles de luminarias públicas.

Sin embargo hace unos días el alcalde meridano Renán Barrera llegó a acuerdo con cinco empresas que se encargarán de iluminar la ciudad, aunque este trabajo podría demorar varios meses para cumplirse al 100%.

La NOM también incluye ampliaciones o modificaciones de instalaciones ya existentes que se construyan en el territorio nacional, independientemente de su tamaño y carga conectada, anota, informa Notimex.

Aclara que no se consideran dentro del campo de aplicación de esta norma a los sistemas de alumbrado que se instalen en aeropuertos (luces de señalización de pistas, rodajes y plataformas), alumbrado de emergencia y dentro de predios de viviendas unifamiliares y plurifamiliares.

Tampoco el alumbrado ornamental de temporada, para ferias, para plataformas marinas, faros y similares; en obras de construcción, anuncios luminosos; áreas de vigilancia especial, garitas, retenes y similares de seguridad.

Asimismo, en áreas típicamente regidas por relaciones laborales como andenes, muelles, patios de maniobra y almacenamiento, de carga y descarga, de manufactura de astilleros y similares.

De igual forma, se excluye de esta Norma el alumbrado en juegos mecánicos, lugares de resguardo de bicicleta, nodos y distribuidores viales, rampas, accesos y escaleras de estacionamientos cerrados o techados, señalización de vialidades y carreteras, semaforización y túneles y pasos a desnivel.

Valores

De esta forma, la NOM establece los valores máximos de DPEA, iluminancia mínima promedio y valor máximo de la relación de uniformidad promedio para vialidades con pavimento tipo R1 (de concreto).

También para los tipo R2 (pavimento asfáltico con mínimo de 60 por ciento de grava, con superficie de rodadura aclarado con mezcla), R3 (asfáltico con textura típica después de meses de uso -autopista-) y R4 (con textura muy suave).

La NOM-013-ENER-2013 -que cancela y sustituye la NOM-013-ENER-2004, publicada el 19 de abril de 2005- entrará en vigor 120 días naturales a partir de mañana.

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